Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2007 (08/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente remitiendolo, junto con el informe tecnico legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones"; Que, segun el Informe Tecnico s/n de fecha 19 de setiembre del 2007, elaborado en forma conjunta por la Gerencia Central de Logistica y la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, como consecuencia del terremoto ocurrido en el MORDAZA el pasado 15 de agosto del 2007, se vieron afectados los Centros Asistenciales de la Entidad, ubicados en el Departamento de Ica y en la Provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, generandose una situacion critica de carencia y/o deterioro del equipamiento asistencial y mobiliario, asi como el acondicionamiento de su infraestructura para proporcionar las condiciones de operatividad, funcionabilidad y seguridad que requieren los servicios asistenciales de la Entidad; Que, debido a ello, y ante el requerimiento realizado por la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, la Gerencia Central de Logistica de la Entidad se vio obligada a efectuar compras directamente con los proveedores para garantizar la atencion de los asegurados y sus derechohabientes, asi como la operatividad de los Centros Asistenciales; dichas adquisiciones fueron en la primera etapa del desastre, las estrictamente necesarias para atender las urgencias y emergencias para salvaguardar la MORDAZA de las personas, tales como material medico traumatologico, medicamentos, grupos electrogenos, etc; Que, asimismo, en el mencionado Informe Tecnico se establece que surgio una MORDAZA etapa, referida a la "Intervencion Sanitaria" acto posterior al desastre cuyo proposito fue la prevencion de enfermedades infectocontagiosas, siendo necesaria la adquisicion de diversos productos tales como los uniformes para las Brigadas que la Entidad tuvo que enviar a las zonas afectadas por el terremoto, asi como la adquisicion de tensiometros, estetoscopios, entre otros bienes; Que, de acuerdo al mencionado Informe Tecnico, las adquisiciones efectuadas por la Gerencia Central de Logistica ascendieron a la suma total de S/ 198,163.21 nuevos soles, de acuerdo al siguiente detalle:
ADQUISICION Adquisicion de material de traumatologia por situacion de emergencia. Adquisicion de colchones por situacion de emergencia. Adquisicion de ropa para brigadistas por situacion de emergencia. Adquisicion de tensiometros y estetoscopios por situacion de emergencia. Adquisicion de antitoxina tetanica por situacion de emergencia. Adquisicion de (2) grupos electrogenos por situacion de emergencia TOTAL MONTO S/. 5,219.00 16,650.00 10,000.00 10,420.00 13,777.50 142,096.71 198,163.21

Que, mediante Informe Legal Nº 375-OCAJ-ESSALUD2007, la Oficina Central de Asesoria Juridica emitio opinion legal sobre la procedencia de las adquisiciones efectuadas por la Gerencia Central de Logistica via exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de situacion de emergencia; Que, segun el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar las adquisiciones via exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, en uso de la atribucion conferida por el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1. APROBAR las adquisiciones realizadas para los Centros Asistenciales de ESSALUD, ubicados en el Departamento de Ica y en la Provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, consistente en grupos electrogenos, material de traumatologia, tensiometros, estetoscopios, ropa de brigadistas, vacunas y colchones, por un monto total de S/. 198,163.21 (Ciento noventa y ocho mil ciento sesenta y tres con 21/100 Nuevos Soles), via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de situacion de emergencia. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Logistica se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. 3. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 5. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA IPENZA Presidente Ejecutivo ESSALUD 129270-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Procedimiento de Clasificacion Arancelaria INTA-PE-00.09 (Version 2)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 627-2007/SUNAT/A Callao, 7 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Intendencia Nacional N° 001271 publicada el 13.05.2000, se aprobo el

Que, en tal contexto, al haber sido declarado el estado de emergencia en el Departamento de Ica y en la Provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, por Decreto emitido por el Poder Ejecutivo, resulta procedente que las adquisiciones realizadas por la Gerencia Central de Logistica de la Entidad segun el detalle descrito en el parrafo anterior para los Centros Asistenciales, ubicados en el Departamento de Ica y en la Provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, se hayan efectuado de manera directa via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por un monto de S/. 198,163.21. nuevos soles, tal como lo establece inciso c) del articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, las adquisiciones efectuadas para cubrir la situacion de emergencia, exoneradas del MORDAZA de seleccion, han sido incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD, mediante Resolucion de Gerencia General N° 1215-GG-ESSALUD2007, de fecha 11 de setiembre del 2007, por un monto total de S/. 198,163.21 nuevos soles;

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