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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356990 Nº 047-2002-PCM, considerando la existencia de fi nanciamiento parcial de parte de la entidad organizadora del evento; debiendo rendirse cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario del término de la referida comisión, conforme al detalle siguiente: - Fernando Sandoval Ruiz: VIATICOS US$ 8 de noviembreVIATICOS US$ 9 de noviembreTOTAL VIATICOS US$ 100.00 100.00 200.00 TARIFAS USO AEROPUERTO US$ 48.25 -Araseli Noriega Conde: VIATICOS US$ 8 de noviembreVIATICOS US$ 9 de noviembreTOTAL VIATICOS US$ 100.00 100.00 200.00 TARIFAS USO AEROPUERTO US$ 48.25 Regístrese, publíquese y cúmplase. OSCAR LOZÁN LUYO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 129010-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Programa de Licencia de Construcción en Vía de Regularización en el distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 153 Chaclacayo, 17 de octubre del 2007VISTO: El Dictamen Nº 002-2007-CDU/MDCH, presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano; y; CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 196º, numerales 2) y 3) de la Constitución Política del Estado, son bienes y rentas de las municipalidades, los impuestos creados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia, así mismo los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los gobiernos crean, modifi can y suprimen contribuciones, tasas o exoneraciones de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, de conformidad con el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 195º el cual establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas, planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, por Ley Nº 27157 y el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157 aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA, se han establecido los requisitos, derechos y sanciones, para la construcción, modifi cación, remodelación o demolición de edifi caciones e inmuebles, así también como la regularización de aquellas construcciones hechas;Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de lectura y aprobación del acta y por mayoría se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Licencia de Construcción en Vía de Regularización en la jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, que benefi cia a los propietarios de inmuebles cuyo uso está destinado a vivienda, comercio, industria para que regularicen el trámite de la Licencia de Obra sin el pago de multa de las edifi caciones realizadas sin la autorizaciones, mediante el procedimiento de la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la publicación en la página Web de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde PROGRAMA DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN VIA DE REGULARIZACIÓN EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Aprobar el programa de Licencia de Construcción en vía de Regularización en la jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, que benefi cia a los propietarios de los inmuebles cuyo uso está destinado a vivienda, comercio, industria de las edifi caciones realizadas a partir del 20 de julio del 1999, para que regularicen el trámite de la Licencia de obra sin el pago de multa de las edifi caciones realizadas sin la autorización correspondiente, mediante el procedimiento establecido de la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias. Artículo Segundo.- La Licencia de Construcción en vía de regularización, se hará de acuerdo al siguiente trámite: Llenar el formato de solicitud de licencia de obra, cumpliendo con los siguientes requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, la Ley Nº 27157, y su reglamento: a) Formulario FUO parte 1 debidamente llenado. b) Recibo de pago por derecho de revisión (0.05% del valor de la obra) a cancelar en el Colegio de Arquitectos. c) Documento de propiedad (copia autenticada). d) Certifi cado de Habilitación Profesional para Licencia de Obra CAP (Colegio de Arquitectos del Perú). e) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios. f) Planos de Arquitectura (Ubicación, planta corte y elevaciones debidamente fi rmado por el arquitecto). g) En caso de inmuebles con unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y bienes de propiedad común, se requerirá la autorización del 80% de la junta de propietarios. h) Presupuesto de la obra (Regularización). Artículo Tercero.- Los propietarios de Edifi caciones que hayan sido construidas sin licencia de construcción y/o en terrenos sin Habilitación Urbana, podrán regularizar su situación sin el pago de la multa a que se refi ere la Ley Nº 27157 y Normas Reglamentarias y de acuerdo con el Artículo 50º del D. S. 035-2006. La regularización que se permita en el presente artículo también es de aplicación para la regularización de demolición. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza no incluye edifi caciones que no respeten: - Reglamento Nacional de Edifi caciones. - Reglamento de Zonifi cación- Retiro Municipal - Área libre - Altura de edifi cación, estacionamiento vehicular y parámetros urbanísticos y edifi catorios.