Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2007 (22/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de octubre de 2007

MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA y Autoridad Portuaria Regional del Oriente. debe tenerse en cuenta que la Autoridad Portuaria Nacional a traves de su Plan Nacional de Desarrollo Portuario ha creado la Autoridad Portuaria Regional del Sur sin solicitar opinion al Gobierno Regional MORDAZA, que tiene bajo su jurisdiccion varios Importantes Terminales portuarios en su provincia de Ilo, atentando contra las responsabilidades que le corresponde asumir en defensa de su ambito como Gobierno Regional . Que la Autoridad Portuaria Regional de MORDAZA tiene mandato sobre la infraestructura publica y privada de la Region Moquegua. La autoridad Portuaria Regional de MORDAZA, por mandato de la Ley de Puertos y de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales , asumira sus funciones y facultades respecto de los terminales de titularidad publica y de titularidad privada. Que la autoridad Portuaria Regional de MORDAZA debe asumir las competencias, atribuciones y funciones que le otorga la Ley del Sistema Portuaria Nacional y formule el plan Maestro del Puerto de Ilo, como instrumento de desarrollo de Moquegua. Que, en merito a la Ley Nº 27867 y su modificatorias Ley Nº 27902,Ley Nº 28968 , en los articulos 16º inciso a) y 38º, el Consejo Regional con prescindencia del tramite de generacion de los Informes Tecnico y Legal a que se refiere el Art. 51o del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006-CR/GRM, aprueba por acuerdo unanime la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarese de interes y necesidad regional, la elaboracion del Plan de Desarrollo Portuario Regional de MORDAZA . Articulo Segundo.- Declarese de importancia estrategico regional, la modernizacion y repotenciacion del Terminal Portuario de Ilo. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencia de Desarrollo Economico, la Gerencia General el cumplimiento de la presente Ordenanza en coordinacion con la Autoridad Portuaria Nacional, Autoridad Portuaria Regional del Sur y la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU), COMEX - ILO y Trabajadores Maritimos y Portuarios de Ilo. Articulo Cuarto.- Disponganse que las Gerencias encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza deberan de dar cuenta al Consejo Regional dentro del termino de 60 dias, debiendo de informar cada 30 dias, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de incurrir en responsabilidad funcional.. Comuniquese al Senor Presidente Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los veintisiete dias de septiembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO; Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA a los veintisiete dias de septiembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 122082-8

El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Sesion Ordinaria Nº 009-2007 de fecha 27 de setiembre del ano en curso, en la que se ha tratado la propuesta formulada por el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente a "Creacion del Comite Turistico Regional de Moquegua", propuesta que se ha generado en uso de las facultades de iniciativa de proponer acuerdos y normas de caracter regional que le asiste en observancia del Art. 15º Incs. a) y b) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal. Que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo garantizando, el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de su habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, de conformidad con el Art. 63º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Incs. a) , p), y q), son funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia; son funciones del Gobierno Regional en materia de turismo: Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de desarrollo de la actividad turistica, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales; Fomentar la organizacion y formalizacion de las actividades turisticas de la region; y Organizar y conducir las actividades de promocion turistica de la region en coordinacion con las organizaciones de la actividad turistica y los gobiernos locales. Que, el Plan Estrategico Nacional de Turismo del Peru, PENTUR, tiene como objetivo lograr la sostenibilidad y competitividad de la actividad turistica del Peru a nivel mundial, propiciando que el sector turismo contribuya a transformar y mejorar los niveles de bienestar integral de sus ciudadanos, especialmente aquellos que residen en el ambito rural. Que, el Plan Estrategico Regional de Turismo MORDAZA 2005-2015, tiene una vision de largo plazo en un horizonte de 8 anos a la actualidad el cual tiene como objetivo general, alcanzar el desarrollo de la actividad turistica en forma sostenible en la Region MORDAZA, derivando en objetivos especificos y estrategias que se orientan a desarrollar una oferta turistica competitiva, sostenible y sustentable; desarrollar una cultura turistica que garantice la seguridad del visitante; impulse valores para la buena practica en prestacion de servicios turisticos; fortalezca las instituciones vinculadas con la actividad turistica e incremente de manera sostenida la demanda del turismo receptivo e interno; a fin de generar mayores ingresos y una adecuada redistribucion equitativa en la region. Que, el turismo representa para la Region MORDAZA una actividad economica prioritaria y potencial, su diversidad de recursos y atractivos constituyen una alternativa de desarrollo de la region. El crecimiento del sector, los cambios y oportunidades que se presentan a nivel mundial nos senala la tarea que la meta de tener un turismo competitivo y sostenido, sera una tarea ardua; sin embargo, la integracion de los actores nos permitira buscar consensos y compromisos sobre la base de planteamientos concretos, cuantificables y con proyeccion a futuro. Que, en los ultimos anos se observa un movimiento migratorio activo hacia las principales ciudades de la Region (Moquegua e Ilo) como resultado de mayor desarrollo relativo. Provienen mayoritariamente de las zonas deprimidas de MORDAZA y en menor escala de Tacna, MORDAZA, Cuzco, Apurimac. Asimismo, de las zonas rurales y zonas de menor desarrollo que emigran en busca de mayores oportunidades y mejores condiciones de MORDAZA, generando problemas de despoblamiento en estas zonas y sobrepoblamiento en zonas urbanas. Situacion que en los ultimos anos muestra una tendencia decreciente.

Crean el "Comite Regional de Promocion Turistica de la Region Moquegua"
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2007-CR/GRM 27 de setiembre de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

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