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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (01/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 377315 el Informe Nº 1907-2008-INEI/OTA-OEAS, emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, informando que desde el año 2004 se viene contratando el servicio de renovación de códigos de licencias del software denominado ESRI (Evironmental Systems Research Institute Inc. - ESRI), toda vez que el INEI cuenta con la plataforma tecnológica de información de los sistemas de información cartográfi ca basados en productos de la familia ARC GIS de ESRI, no ameritando considerar otras alternativas por cuanto esta tendrá alto impacto en el cambio de plataforma, más aún si a la fecha se está realizando la actualización cartográfi ca al 2007, implicando la actualización de todos los sistemas que estén vinculados con esta información. El valor referencial estimado es de S/.35,000.00 nuevos soles, monto que corresponde a una Adjudicación Directa Selectiva. Afi rma que Telemática S.A. mediante documento TM-891-2008 recepcionado el 08 de julio del 2008, remite al INEI copia de la certifi cación de fecha 31 de enero del 2008 de la empresa ESRI debidamente traducida, donde certifi ca que TELEMATICA S.A. es distribuidor único autorizado en el Perú, estando autorizado para demostrar, promover, comercializar, distribuir, instalar, proporcionar formación y soporte a determinados productos de software ESRI y a los materiales con ellos relacionados. Concluye, que las licencias ESRI que usa el INEI son comercializadas y distribuidas en forma exclusiva por la referida empresa, se desprende que es ésta y no otra la que puede prestar el servicio de renovación de las licencias solicitadas, no admitiendo sustituto en los servicios requeridos, por lo tanto de acuerdo al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, es necesario contratar el servicio de Renovación de Códigos de Licencias de Software ESRI a la empresa TELEMATICA, por la causal de servicios que no admiten sustitutos y existir proveedor único, debiendo autorizarse la exoneración del proceso de selección; Que, la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, otorga mediante Ofi cio N° 856-2008-INEI/OTPP-OEPRE, de fecha 15 de julio del 2008, disponibilidad presupuestal por la suma de S/.35,000.00 nuevos soles, Meta Presupuestal 0045 Censo Nacional Económico - Infraestructura Estadística Económica- Sub Componente 1.1. Censo Nacional Económico - Inversión Específi ca de Gasto 6.5.11.51, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda adquisición o contratación debe realizarse mediante los procesos de selección contemplados en el Artículo 14º y de acuerdo a los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto, siendo éstos los siguientes: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Art. 19° del referido TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a lo señalado en el párrafo precedente, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del proceso de selección que correspondería a la contratación en una situación regular. Conforme al literal e), están exoneradas del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, la defi nición de bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único, ha sido desarrollada por el Art. 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al prescribir que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración y serán publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión;Que, mediante Resolución Jefatural Nº 015-2008- INEI se aprobó el “Plan Anual de Adquisiciones del INEI para el Ejercicio Fiscal 2008”, incluyendo el proceso de selección para la contratación del servicio de renovación y mantenimiento anual de Licencias de Software ESRI bajo la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva; Que, la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 030-2008-INEI/OTAJ, concluye que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico N° 044-2008/OTIN-OEST, remitido por la Ofi cina Técnica de Informática, resulta procedente la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva para el servicio de Renovación y Mantenimiento anual de Códigos de Licencias ESRI, por cuanto se confi gura la causal de exoneración prevista en el literal e), del Art. 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Ofi cinas Técnicas de Informática; Administración; y de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- EXONERAR del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de Renovación y Mantenimiento anual de Licencias de Software ESRI, por estar incurso en la causal de bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único, prevista en el Inc. e), del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- APROBAR la contratación de los servicios descritos en el artículo precedente, por un valor referencial de S/. 35,000.00 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 0045 Censo Nacional Económico- Infraestructura Estadística Económica, Sub Componente 1.1. Censo Nacional Económico – Inversión, Específi ca de Gasto 6.5.11.51, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Ofi cina Técnica de Administración, llevar a cabo la contratación a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratación y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina Técnica de Administración haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolución y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el SEACE, así como en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 232790-1 Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de julio de 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 218-2008-INEI Lima, 31 de julio del 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con Descargado desde www.elperuano.com.pe