Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 0092007-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Canete, por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendarios, a partir de la expedicion de la presente Resolucion, mientras se pronuncia el CONSUCODE respecto al recurso de apelacion, se adjudica la buena pro y se perfeccione el contrato respectivo, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional MORDAZA del correspondiente MORDAZA de seleccion a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional MORDAZA para la adquisicion del suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Canete, de la Oficina Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO E.P. CANETE TOTAL DIAS 45 TOTAL S/. 158, 908,50 158 908,50

Secretaria General y el Informe N° 001-2008-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuandose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se exceptuen por ley o por razones de seguridad nacional; Que, los articulos 3º y 8° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establecen que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, asi como la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, disponiendo que la entidad publica designe al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante; Que, el articulo 10° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, dispone que las entidades de la Administracion Publica tienen la obligacion de proveer la informacion requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografias, grabaciones, soporte magnetico o digital, o en cualquier otro formato, siempre que MORDAZA sido creada u obtenida por MORDAZA o que se encuentre en su posesion o bajo su control; Que, el articulo 4° del Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, dispone que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designaran en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la informacion que se requiera al MORDAZA de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad. La designacion de dichos responsables se efectuara mediante Resolucion Jefatural de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en lugar visible de cada una de las sedes administrativas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 083-2003/SIS, se designaron al Gerente de Mercadeo como funcionario responsable de brindar la informacion requerida por los ciudadanos, y al Jefe de la Oficina de Informatica y Estadistica, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA de Transparencia del SIS; Que, por Resolucion Jefatural N° 075-2006/SIS, se aprobo la Directiva Nº 008-2006-SIS-GM "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud" y el formulario denominado Solicitud de Acceso a la Informacion Publica, requiriendo dicha Directiva ser actualizada y modificada de conformidad con la normatividad vigente; Que, es necesario adoptar las medidas pertinentes que garanticen y promuevan la transparencia en la gestion institucional, asi como una adecuada y oportuna entrega de la informacion que genere o posea el Seguro Integral de Salud y sus Oficinas Desconcentradas, en MORDAZA con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2008-SISGM "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud" y sus Anexos 1 y 2: "Solicitud de Acceso a la Informacion Publica" y "Diagrama de Flujo del Procedimiento: Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del SIS", que forman parte integrante de la presente Resolucion.

Dicha autorizacion es por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situacion de desabastecimiento inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, al Organo de Control Institucional, a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- TRANSCRIBIR, MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 150546-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban la Directiva Nº 001-2008SIS-GM "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud" y sus anexos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 004-2008/SIS MORDAZA, 9 de enero de 2008 Vistos: El Informe Nº 117-2007-SIS-GM de la Gerencia de Mercadeo, el Memorando N° 0137-2007-SIS-SG de

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