Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE

363727
ORDENANZA

Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Ley N° 27783; de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, su modificatoria Ley N° 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 11 de diciembre del 2007, la propuesta formulada y presentada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, relativa a constituir la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud (COREMUSA). CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Constitucion Politica de 1993 establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa; asimismo el Articulo 9º instituye que es responsabilidad del estado disenar y conducir la politica nacional de salud en forma plural y descentralizada para facilitar el acceso de los servicios de salud. Que, los recursos con que cuentan los Gobiernos Regionales no son suficientes para cubrir las necesidades de atencion de salud de la poblacion, que principalmente esta dirigida a la de menores recursos, en un MORDAZA distribuido de equidad. Que en las ultimas decadas ha surgido la infeccion por VIH/SIDA como un problema de salud y otras enfermedades, como la tuberculosis y la malaria son persistentes o endemicas, las mismas que requieren de una atencion preferente no solo del estado nacional, sino tambien de los Gobiernos Regionales, para poder brindar atencion en salud a la poblacion afectada por estas enfermedades. Que el Fondo Global para la Lucha contra el VIH/ SIDA, la Tuberculosis y la Malaria ­FONDO GLOBAL, es una fundacion sin fines de lucro, creada como asociacion entre los gobiernos, la sociedad civil, el sector privado y las comunidades afectadas, con el proposito de articular y aumentar los recursos para la lucha contra las tres enfermedades mas devastadoras del MORDAZA y dirigir los recursos a las zonas mas necesitadas. Que, CARE PERU es fuente de financiamiento de Programas de Fortalecimiento de la Prevencion y Control del SIDA en el Peru y del Programa de Fortalecimiento de la Prevencion y Control de la Tuberculosis y Malaria en el Peru. Que, no obstante otros sectores del Estado, Gobiernos Regionales, sociedad civil, etc. disponen de acciones dirigidas a la educacion y proteccion del adolescente y del MORDAZA donde incluyen el tema de prevencion del VIH/SIDA, a traves de la promocion de estilos de MORDAZA saludable y de educacion sexual, mediante la ejecucion de Programas. Que, ante esta epidemia del VIH/SIDA, Tuberculosis enfermedad transmisible y la Malaria, los Gobiernos Regionales deben convenir con el FONDO GLOBAL y CARE PERU para financiar Programas de prevencion y tratamiento de la personas que padecen la enfermedad del VIH/SIDA, Tuberculosis y Malaria, mediante donaciones. Que, existe la necesidad de una respuesta multisectorial organica de lucha contra el VIH/SIDA, la Tuberculosis y Malaria, para optimizar el uso de los recursos y potenciar el accionar de los diferentes actores, a fin de articular las respuestas desde los organos regionales sectoriales y la coordinacion entre la sociedad civil y los Gobiernos Regionales para desarrollar proyectos con el Fondo Mundial. Que, ante esta realidad los Gobiernos Regionales son responsables de declarar de necesidad social la constitucion de Coordinadoras Regionales Multisectoriales de Salud (COREMUSA) para la Lucha contra VIH/SIDA, Tuberculosis (TBC) y Malaria. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru 1993 y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37° y 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y estando a lo acordado;

Articulo Primero.- CONSTITUIR, la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud (COREMUSA), como mecanismo de Coordinacion de la Region La MORDAZA con la Coordinadora Nacional Multisectorial de SaludCONAMUSA, para el financiamiento y ejecucion de programas de lucha contra el VIH/SIDA, Tuberculosis (TBC) y Malaria. Articulo Segundo.- La COREMUSA se constituye como un organo de consulta, preparacion y MORDAZA de propuestas de la region a MORDAZA cooperantes, contratos de donacion de Programas ante el Fondo Global para la lucha contra el VIH/SIDA, Tuberculosis, Malaria; y ante CARE PERU, para el financiamiento de Programas de Fortalecimiento de la Prevencion y Control del SIDA, Tuberculosis y Malaria en la Region La MORDAZA, bajo la rectoria tecnica y funcional de la Direccion Regional de Salud. Articulo Tercero.- LA COREMUSA, estara integrada por: 1. Tres (03) representantes de la Direccion Regional de Salud. 2. Un (01) representante de la Policial Nacional del Peru-La Libertad. 3. Un (01) representante de la Corte Superior de Justicia-La Libertad. 4. Un (01) representante del Ministerio Publico-La Libertad. 5. Un (01) representante de la Direccion Regional de Educacion. 6. Un (01) representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. 7. Un (01) representante del MINDES-La Libertad. 8. Un (01) representante de las Municipalidades Provinciales. 9. Un (01) representante de los Laboratorios Quimicos que distribuyen medicamentos. 10. Dos (02) representantes de los Colegios Profesionales: Medico, Enfermeros, Trabajadores Sociales, Obstetrices, Nutricionistas y Quimico Farmaceuticos. 11. Un (01) representante de los ONGs que trabajan en el componente TBC. 12. Un (01) representante de los ONGs que trabajan en el componente Malaria. 13. Dos (02) representantes de los ONGs que trabajan en el componente VIH/SIDA. 14. Un (01) representante de las organizaciones de personas afectadas de TBC. 15. Un (01) representante de las organizaciones de personas afectadas de Malaria. 16. Dos (02) representantes de las organizaciones de personas afectadas con VIH/SIDA. 17. Dos (02) representantes de las Organizaciones Religiosas. 18. Un (01) representante del Colegio de Psicologos. 19. Dos (02) representantes de ESSALUD que trabajan en el componente VIH/SIDA, TB y Malaria. 20. Dos (02) representantes de las Instituciones Academicas. 21. Un (01) representante de la Agencia Regional de Cooperacion Internacional del GR LL. Cualquier variacion en la conformacion de la COREMUSA, se regulara a traves de su reglamento. Articulo Cuarto.- El Gobierno Regional La MORDAZA a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social presidira la COREMUSA. Articulo Quinto.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social, articula con la Direccion Regional de Salud (DIRES) la instalacion de la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud, en un plazo no mayor de 30 dias, luego de publicada la presente ordenanza. Articulo Sexto.- La COREMUSA, 15 (quince) dias despues de su instalacion presentara para su aprobacion por Resolucion Ejecutiva Presidencial el Reglamento que establecera su composicion y funcionamiento. Articulo Setimo.- Notifiquese la presente Ordenanza a las Instituciones integrantes de la

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