Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363703

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Asociacion Universidad Privada San MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1026-2007-ANR MORDAZA, 29 de noviembre de 2007 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Vistos: El Oficio Nº 005-2007-R-AUPSJB, del Rector de la Asociacion Universidad Privada San MORDAZA MORDAZA, la comunicacion del Rector de la Universidad Nacional de Ingenieria y Presidente del Consejo Regional Interuniversitario de MORDAZA y el Informe del Director General de Desarrollo Academico y Capacitacion; y CONSIDERANDO: Que en merito a lo dispuesto por el 13º de la Ley Universitaria Nº 23733, el Rector de la Asociacion Universidad Privada San MORDAZA MORDAZA, mediante oficio de visto, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion de su Escuela de Posgrado. Que con fecha 28 de agosto del ano en curso, el Presidente del Consejo Regional Interuniversitario del MORDAZA, hace de conocimiento el Informe de Evaluacion de la Comision Evaluadora encargada de la verificacion in situ de las condiciones que acredita la nueva Escuela de Posgrado, en el MORDAZA de la Resolucion Nº 394-2004-ANR sobre los "Requisitos minimos para la Organizacion y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado"; y acordo emitir opinion favorable para la creacion y funcionamiento de la citada Escuela de Posgrado; Que asimismo, con Informe Nº 102-2007-DGDAC y anexo, de fecha 12 de noviembre del 2007, el Director General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa su conformidad quedando MORDAZA para el visto por el Pleno de Rectores, recomendando a su vez, el funcionamiento de la Escuela de Posgrado, inicialmente con los Programas de Maestria en: Salud Publica, Derecho Civil y Comercial, y Gestion Estrategica Empresarial; seguido con el de Doctorado en Derecho; teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 17º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que vistos los informes citados en los considerandos anteriores, el Pleno de Rectores en su sesion llevada a cabo el dia 16 del mes en curso, acordo aprobar la creacion de la Escuela de Posgrado en la Asociacion Universidad Privada San MORDAZA Bautista; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo Primero: Aprobar la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Asociacion Universidad Privada San MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, iniciando su funcionamiento con los Programas de Maestria en: Salud Publica, Derecho Civil y Comercial y Gestion Estrategica Empresarial; seguido con el de Doctorado en Derecho; teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 17º de la Ley Universitaria Nº 23733.

Articulo Segundo: Precisar que la creacion y funcionamiento de nuevos programas de maestria y doctorado en la Escuela de Posgrado, de la citada Universidad, requiere la coordinacion previa con la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo Tercero: Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 150319-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulo a favor de magistrada como Juez de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 449-2007-CNM MORDAZA, 28 de diciembre del 2007 VISTA: La solicitud de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arnillas MORDAZA, presentada el 15 de octubre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, la recurrente solicita la expedicion de MORDAZA titulo de magistrada, al haber sido trasladada del Juzgado de Paz Letrado de Monsefu, Distrito Judicial de MORDAZA, a una plaza de igual nivel en el Distrito Judicial de MORDAZA, por Resolucion Administrativa Nº 072-2003-CE-PJ del 20 de junio del 2003, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y posteriormente, por Resolucion de Presidencia Nº 428-2003-R-PRES/CSA del 9 de diciembre del 2003, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se dispuso su traslado del Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA, al Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final del citado reglamento, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendra en cuenta la informacion que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Publico, sobre el cuadro de asignacion de personal y presupuesto analitico de personal, asi como la correspondiente resolucion que acredite al Juez o Fiscal en el cargo;

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