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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2008 363728 precitada Coordinadora Regional, para su respectiva instalación y realización de las acciones inherentes a su competencia, concordantes con los fi nes para los que ha sido creado. Artículo Octavo.- Facultar al Secretario del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional La Libertad, a los once días del mes de diciembre del año dos mil siete. JOSE H. MURGIA ZANNIERPresidente Regional 149763-1 Aprueban documentos de Gestión para la acreditación del Gobierno Regional de La Libertad en el proceso de transferencia de funciones y competencias sectoriales 2007 ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 19 de diciembre del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, relativa a la aprobación de los documentos de gestión para la acreditación del Gobierno Regional La Libertad en el proceso de transferencia de funciones y competencias sectoriales 2007; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Nº 27680, establece en su artículo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política económica y administrativa; asimismo en el inciso 5. del artículo 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socio económico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;Que, mediante Ley Nº 28273 – Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, se regula el Sistema de Acreditación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la decimoquinta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con el artículo 14º, numeral 14.2, literal b de la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, para garantizar transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006- PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, y su ampliatoria el Decreto Supremo Nº 076-2007-PCM; asimismo con Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM se estableció que se debe culminar con la transferencia de funciones sectoriales al 31 de diciembre del 2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007- PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, el mismo que incluye funciones pendientes de los Planes Anuales 2004, 2005, y 2006 y propone un procedimiento simplifi cado; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 024- 2007-CR/R-LL, aprobado el 14 de junio del 2007, se Declara que el Gobierno Regional La Libertad asume el compromiso de cumplimiento de los Requisitos Generales, elaborando o actualizando y modifi cando lo establecido al respecto en el Artículo 7º de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales Nº 28273; De conformidad con la Constitución Política del Perú, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, y estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR, en cumplimiento del Acuerdo de Consejo Regional Nº 024-2007-CR/R- LL y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 28273- Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, los siguientes documentos de Gestión, requisitos Generales para la acreditación del Gobierno Regional La Libertad, y que además incluye, la facultad de ejecutar el desarrollo de la red vial departamental: a) Plan de Desarrollo Regional Concertado 2007 – 2018. b) Programa de Desarrollo Institucional.c) Plan Anual y Presupuesto Participativo 2008.d) Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión. e) Plan de Participación Ciudadana.f) Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Secretaría del Consejo Regional La Libertad, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo a las formalidades de Ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los diecinueve días de diciembre del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIERPresidente Regional 149757-5