Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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gestion en la empresa. Dicho comite tendra como minimo tres (3) miembros, debiendo renovarse cada tres (3) anos, al menos, uno de ellos. Los integrantes del comite de auditoria deben tener los conocimientos y la experiencia necesarios para cumplir adecuadamente sus funciones. Para el caso de las empresas de operaciones multiples y las empresas de seguros a las que se refiere el articulo 16º de la Ley General; asi como para las AFP; el comite de auditoria debera estar conformado por al menos un director independiente. Articulo 16º.- Funciones del comite de auditoria El comite de auditoria tiene como proposito principal vigilar que los procesos contables y de reporte financiero MORDAZA apropiados, asi como evaluar las actividades realizadas por los auditores internos y externos. Entre sus principales funciones estan: a) Vigilar el adecuado funcionamiento del sistema de control interno; b) Informar al Directorio sobre la existencia de limitaciones en la confiabilidad de los procesos contables y financieros; c) Vigilar y mantener informado al Directorio sobre el cumplimiento de las politicas y procedimientos internos y sobre la deteccion de problemas de control y administracion interna, asi como de las medidas correctivas implementadas en funcion de las evaluaciones realizadas por la unidad de auditoria interna, los auditores externos y esta Superintendencia; d) Definir los criterios para la seleccion y contratacion de los auditores externos, evaluar su desempeno asi como determinar los informes complementarios que requieran para el mejor desempeno de sus funciones o el cumplimiento de requisitos legales, salvo en aquellos casos en los que el comite de auditoria de la MORDAZA matriz asuma las funciones de definir los criterios para la seleccion y contratacion de los auditores externos, asi como la evaluacion de sus desempeno; y, e) Definir los criterios para la seleccion y contratacion del auditor interno y sus principales colaboradores, fijar su remuneracion y evaluar su desempeno, asi como su regimen de incentivos monetarios, salvo que dichas funciones MORDAZA asumidas por el comite de auditoria de la MORDAZA matriz. CAPITULO V UNIDAD DE RIESGOS Articulo 17º.- Unidad de Riesgos La Gestion Integral de Riesgos requiere que las empresas se organicen de acuerdo a su complejidad y lineas de negocio en que operan. En este sentido, las empresas podran contar con una unidad centralizada o con unidades especializadas en la gestion de riesgos especificos, de acuerdo a la naturaleza de las operaciones y la estructura de la empresa, siempre que cuando MORDAZA estas tomadas en su conjunto, permitan la implementacion de los criterios previstos en la presente norma. La Superintendencia podra requerir la creacion de una unidad de riesgos integral en empresas que a su criterio resulten complejas, y cuando se observe en el ejercicio de las acciones de supervision que no se cumple con los criterios previstos en la normativa vigente. Siempre que no sea requerido por la normativa vigente, cuando no exista una unidad de riesgos especializada, y en ausencia de delegacion del Directorio, se entendera que estas funciones han sido asignadas a la gerencia general. Los integrantes de la Unidad de Riesgos deberan poseer la experiencia y conocimientos que les permitan el apropiado cumplimiento de sus funciones, para lo cual debera establecerse un plan de capacitacion que sera presentado al directorio anualmente. Articulo 18º.- Funciones de la Unidad de Riesgos La Unidad de Riesgos debera participar en el diseno y permanente adecuacion de los manuales de gestion de riesgos y demas normas internas que tengan por objeto definir las responsabilidades de las unidades de negocios y sus funcionarios en el control de riesgos de la empresa. La Unidad de Riesgos es la encargada de apoyar y asistir a las demas unidades de la empresa para la realizacion de una buena gestion de riesgos en sus areas

de responsabilidad, y para ello debe ser independiente de las unidades de negocios. Las principales responsabilidades de la unidad de riesgos son las siguientes: a) Proponer las politicas, procedimientos y metodologias apropiadas para la Gestion Integral de Riesgos en la empresa, incluyendo los roles y responsabilidades; b) Velar por una Gestion Integral de Riesgos competente, promoviendo el alineamiento de las medidas de tratamiento de los riesgos de la empresa con los niveles de tolerancia al riesgo y el desarrollo de controles apropiados; c) Guiar la integracion entre la gestion de riesgos, los planes de negocio y las actividades de gestion empresarial; d) Establecer un lenguaje comun de gestion de riesgos basado en las definiciones de esta MORDAZA y de los demas reglamentos aplicables; e) Estimar los requerimientos patrimoniales que permitan cubrir los riesgos que enfrenta la empresa, asi como los requerimientos regulatorios, de ser el caso. Ademas, alertar sobre las posibles insuficiencias de patrimonio efectivo para cubrir los riesgos identificados; y, f) Informar a la gerencia general y al comite de riesgos los aspectos relevantes de la gestion de riesgos para una oportuna toma de decisiones. Articulo 19º.- Jefe de la Unidad de Riesgos El jefe de la Unidad de Riesgos debera tener apropiada formacion academica y experiencia relevante, quien debe coordinar permanentemente con la gerencia, el comite de riesgos, el comite de auditoria, los comites especializados, las unidades de negocio y de apoyo, asi como con esta Superintendencia, en cuanto a la Gestion Integral de Riesgos realizada por la empresa. Ademas, es responsable de informar al Directorio, comites respectivos y a las areas de decision correspondientes, sobre los riesgos, el grado de exposicion al riesgo aceptado y la gestion de estos, de acuerdo a las politicas y procedimientos establecidos por la empresa. Los criterios mencionados son de aplicacion a los jefes de las unidades de riesgos especializadas, en caso que no exista una unidad centralizada. El jefe de la Unidad de Riesgos, en caso que la Unidad de Riesgos sea centralizada, debera tener nivel gerencial. Articulo 20º.- Informe Anual de Riesgos La Unidad de Riesgos debera elaborar al cierre de cada ejercicio, un informe anual de riesgos, que incluya el plan de actividades para el ejercicio siguiente. Posteriormente, mediante Oficio Multiple, la Superintendencia podra definir la estructura minima del informe anual de riesgos, informes parciales por riesgos, informes periodicos de situacion, asi como su MORDAZA por medios electronicos. CAPITULO VI SUBCONTRATACION Articulo 21º.- Subcontratacion Las empresas y las personas cuyas responsabilidades se hayan determinado en el presente reglamento y demas normas, asumen plena responsabilidad sobre los resultados de los procesos subcontratados con terceros, pudiendo ser sancionados por su incumplimiento. Asimismo deben asegurarse que se mantenga reserva y confidencialidad sobre la informacion que pudiera serles proporcionada. En toda subcontratacion significativa, un analisis formal de los riesgos asociados debera ser realizado y puesto en conocimiento del Directorio para su aprobacion. Se entendera por significativa aquella subcontratacion que, en caso de MORDAZA o suspension del servicio, puede poner en riesgo importante a la empresa, al afectar sus ingresos, solvencia, o continuidad operativa. La subcontratacion de una o mas funciones de la gestion de riesgos sera considerada como significativa para fines de este reglamento. Las empresas deberan asegurarse de que en los casos de subcontratacion significativa, los contratos suscritos con los proveedores correspondientes incluyan clausulas

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