Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto

363697
US$ 1 300.00 US$ 30.25

a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, el Informe Nº 390-2007-MTC/12.04, de fecha 20 de diciembre de 2007, de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, senala que la empresa MORDAZA Up S.A., con Carta de Registro P/D Nº 112120, presentada el 14 de diciembre de 2007, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion del Personal Aeronautico), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar el chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Antonov AN-24/26, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gonzales; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 0038421, 0038422 y 0038423, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 2590-2007-MTC/12.04 designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Defilippi Brigneti, para efectuar el chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo AN-24/26, en el Centro de Entrenamiento de Ucrania, del 18 al 23 de enero de 2008; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 2590-2007-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Defilippi Brigneti, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Kiev, Ucrania, del 18 al 23 de enero de 2008, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion detallados en la parte considerativa de la presente Resolucion, incluyendose las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 150764-14

Otorgan concesion a empresa para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 15906-2007-MTC/15 MORDAZA, 14 de diciembre de 2007 VISTOS: los expedientes de registros N°s 2007032986, 2007-032986-A, 2007-032986-B, 2007032986-C y 2007-032986-D, organizados por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.A.C., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Cusco y viceversa y renuncia a la habilitacion vehicular y modificacion de frecuencias en la prestacion del servicio en la ruta: Arequipa-Lima y viceversa y el Informe Nº 77512007-MTC/15.02.2 de la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.A.C. cuenta con las concesiones de ruta: Arequipa-Lima y viceversa y Arequipa-La Punta y viceversa, autorizadas con las Resoluciones Directorales Nºs 208-98-MTC/15.18 y 130-2002-CTAR/PE-DIRTCVCCT, las mismas que se encuentran vigentes hasta el 26 de enero de 2008 y 11 de junio de 2012 respectivamente; Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.A.C., -en adelante La Empresa, mediante el expediente de registro Nº 2007-032986, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004MTC, solicita las acciones administrativas siguientes: a) Concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Cusco y viceversa. Para el efecto, ha ofertado las unidades vehiculares de placas de rodaje UH-4686 (1999) y UH-4687 (1999). b) Renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placas de rodaje UH-4686 y UH-4687 de la concesion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.