Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363725

Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, el dia dieciseis de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 149757-2

Aprueban creacion de la "Red Regional por la Primera Infancia" de la Region La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783; de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 16 de Octubre del 2007, el Proyecto de Ordenanza Regional N° 018-2007-CR/LL, el Informe N° 003-2007-GR-LL/CRSCMPF la Sub Comision de la Mujer y Promocion de la Familia y dictaminada por la Comision de Desarrollo Social, relativo aprobar la creacion de la "Red Regional de la Primera Infancia". CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, precisa como uno de los objetivos sociales de la descentralizacion: "Promover el Desarrollo Humano y la mejora sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion para la superacion de la pobreza". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales en su Articulo 10º; literal 2 inc. a) precisa que el Gobierno Regional ejerce competencia compartida en el tema sobre la gestion de los servicios educativos del nivel de Educacion Inicial, con criterios de interculturalidad, orientadas a potenciar la formacion para el desarrollo. Que, el Decreto Supremo Nº 013-2004-ED, que aprueba el Reglamento de Educacion Basica Regular, en su Articulo 43º inciso d); Fortalecer el rol protagonico y la capacidad educativa de la familia y la comunidad, movilizando y comprometiendo su coparticipacion en las acciones que favorecen el desarrollo y la educacion de los ninos y las ninas hasta los 5 anos, asi como la proteccion de sus derechos y el mejoramiento de su calidad de vida. El Ministerio de Educacion, reconoce la importancia del trabajo intersectorial e interinstitucional para promover acciones educativas y de atencion a la primera infancia, por considerarla el medio mas eficaz para promover el desarrollo humano desde las primera etapa de la MORDAZA, y una de las propuestas mas importantes que debe ser asumida por el Estado de manera concertada con la Sociedad Civil. El Consejo Nacional de Educacion (CNE), en el Proyecto Educativo Nacional, plantea claramente su apuesta por la Primera Infancia a traves de politicas concertadas que posibiliten la ampliacion del acceso a los grupos mas vulnerables para asegurar la supervivencia infantil. Busca la apertura de MORDAZA concretos para la accion voluntaria y comprometida de instituciones de la sociedad civil y el estado como las Redes Regionales de Promocion de la Primera Infancia.

Que, es politica del Gobierno Regional a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, desarrollar las potencialidades de ninos y ninas, menores de 6 anos mediante el acceso a una atencion integral de calidad, fortaleciendo las capacidades de los agentes educativos, valorando y enriqueciendo practicas de crianza y promoviendo entornos comunitarios saludables en alianza con otros sectores del Estado y Gobiernos Locales. Que, la Red Regional de Promocion de la infancia articula esfuerzos entre instituciones Publicas, la Sociedad Civil y el Estado, para construir planes concertados de atencion a la infancia respondiendo a la problematica, demandas y caracteristicas de cada una de las provincias de la Region la Libertad; que es proposito de la RED REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA, desarrollar capacidades para la incidencia en politicas sociales para la infancia. Que, el objetivo de la RED REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA es formular, implementar, monitorear y vigilar el Plan Regional por la Infancia. Que, es politica de la RED REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA, apoyar los procesos de transformacion interna, mediante la atencion integral a la INFANCIA, articulando las experiencias comunitarias desarrolladas en torno al cuidado diurno y educacion de los ninos y las ninas, en las distintas instancias de atencion a lactantes, ninos y ninas de extrema pobreza. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37° y Articulo 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR, la creacion de la "Red Regional por la Primera Infancia", de la Region La MORDAZA, la cual esta conformada por las siguientes instituciones: 1. Gobierno Regional la MORDAZA, representado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social. 2. Mesa de Concertacion de Lucha Contra la Pobreza. 3. Un (1) representante de cada Municipalidad Provincial de la Region La Libertad. 4. Un (01) representante de cada Universidad Nacional y Privada de la Region La Libertad. 5. Direccion Regional de Educacion. 6. Direccion Regional de Salud. 7. Un (1) representante de cada ONGs. comprometidas con el tema. 8. MIMDES, representado por WAWA WASI La Libertad. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la instalacion de la "Red Regional por la Primera Infancia", mediante Resolucion Gerencial. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la Direccion Regional de Educacion, articular conjuntamente con la RED REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA la atencion integral de los ninos y las ninas de la Region La MORDAZA, desde los 0 a 3 anos de edad. Articulo Cuarto.- Podran integrarse a la RED REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA, instituciones publicas y privadas que persigan los fines, objetivos y proyectos de la Red. Articulo Quinto.- FACULTAR, a la Secretaria del Consejo Regional La MORDAZA, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo a las formalidades de la Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, a los dieciseis dias de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 149757-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.