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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2008 (11/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2008 363704 Que, el Consejo Nacional de la Magistratura solicitó la información correspondiente al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 1736-2007-P-CNM del 29 de octubre del 2007; la misma que fue remitida por dicho Despacho, mediante Ofi cio Nº 7552-2007-CE-PJ recibido el 14 de diciembre del 2007; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora LUCIA SOCORRO ADRIANA ARNILLAS PAREDES, como Juez de Paz Letrado de Monsefú, Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora LUCIA SOCORRO ADRIANA ARNILLAS PAREDES, como Juez de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 149803-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0003-2008-JNAC/RENIEC Lima, 7 de enero de 2008 VISTOS: El Ofi cio Nº 003176-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1501-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 1239, 1247, 2316, 2236, 1228, 2315, 2317, 2205, 2314, 2343, 1093, 748, 1039, 1198, 909, 936, 2249, 2158, 2007, 2043/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo dichas inscripciones las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 347-MIG 42909895 055-2007/SGDI José Luis Villanueva Sánchez 22986164 0704 44694917 112-2007/SGDI Jonathan David Silva Jiménez 43596518 1779 43737069 230-2007/SGDI Esteban Huarino Paz 00450664 0942 40330297 135-2007/SGDI Esteban Benancio Abarca García 17996363N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 406-MIG 43980253 060-2007/SGDI Yeni Lissell Luján Rodríguez 41449852 1759 41177938 230-2007/SGDI María Rosa Alberca Rodríguez 80583463 1781 42734531 223-2007/SGDICarmen Rosa Mejía Soto de Susaníbar09348943 1751 44816860 230-2007/SGDI Petronia Altamirano Boluarte 42550695 1754 80072258 230-2007/SGDI Juan José Crisóstomo Ignacio 406300280887 43718425 165-2007/SGDI Teodoro Puma Chura 23978375 338-MIG 44473744 055-2007/SGDI Juan Lampa Calcina 01529391 094-MIG 43091413 008-2007/SGDI Róger Leomar Paredes Aguilar 41142554 311-MIG 44470298 048-2007/SGDI Lucía Otilia Jordán Coila 29366994 420-MIG 44523690 061-2007/SGDIFernando Segundo Acero Mamani40225298 264-MIG 09296661 038-2007/SGDI Juan Jurado Marcavillaca 07745272274-MIG 44432310 032-2007/SGDI Jorge Piño Saavedra 44366232 0876 43907042 165-2007/SGDI Gregorio Carrión Ramos 19433142 841-MIG 40446216 160-2007/SGDIMedalit del Rosario Canales Espadín de Pacora15585345 933-MIG 80627549 135-2007/SGDI Angélica Soto López 80465367 1495-MIG 80396255 213-2007/SGDI Julia Huamán Suclli 25215339 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: José Luis Villanueva Sánchez; Jonathan David Silva Jiménez; Esteban Huarino Paz; Esteban Benancio Abarca García; Yeni Lissell Luján Rodríguez; María Rosa Alberca Rodríguez; Carmen Rosa Mejía Soto de Susaníbar; Petronia Altamirano Boluarte; Juan José Crisóstomo Ignacio; Teodoro Puma Chura; Juan Lampa Calcina; Róger Leomar Paredes Aguilar; Lucía Otilia Jordán Coila; Fernando Segundo Acero Mamani; Juan Jurado Marcavillaca; Jorge Piño Saavedra; Gregorio Carrión Ramos; Medalit del Rosario Canales Espadín de Pacora; Angélica Soto López y Julia Huamán Suclli. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 150470-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Cordillera la apertura de agencias ubicadas en los distritos de Villa El Salvador y San Juan de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1934-2007 Lima, 28 de diciembre de 2007