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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375411 CONSIDERANDO: Que, en el marco de los fi nes que cumple la Asamblea Nacional de Rectores, mediante Resolución Nº 023-2004-ANR, se aprobó el documento denominado “Lineamientos de Autoevaluación con Fines de Acreditación de Escuelas o Programas de Posgrado” y, por Resolución Nº 394-2004-ANR, se aprobó los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado”, a fi n de que los estudios de maestría y doctorado que ofrecen las Escuelas de Posgrado, sean acreditados en el más alto nivel de excelencia; Que, en mérito a lo previsto por los dispositivos citados en el considerando anterior la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo – Lambayeque, mediante ofi cio de vistos, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los Programas Académicos de Maestría y Doctorado con sus respectivos currículos, para su aprobación correspondiente; Que asimismo, habiéndose examinado la documentación que contiene resoluciones de creación y organización de los Programas de Maestría y Doctorado, con la descripción y proceso de implementación de la infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, Centro de Experimentación, en algunos casos Laboratorio, personal docente, así como el currículo de estudios de cada uno de los citados programas, se desprende que acreditan los requisitos académicos y de infraestructura para el funcionamiento de la Escuela de Postgrado con sus respectivos programas; Estando a lo Informado; y,En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar que la organización y funcionamiento de la Escuela de Postgrado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Lambayeque, con sus respectivos programas de Maestría y Doctorado cumplen con los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de la Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado” aprobado por Resolución Nº 394-2004-ANR y el numeral 2. de “Lineamientos de Autoevaluación con Fines de Acreditación de Escuelas o Programas de Posgrado”, quedando en consecuencia aprobado para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Precisar que los Programas de Maestría, con sus respectivas menciones y de Doctorado, que comprende la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Lambayeque son: Maestría en Administración con mención en Gerencia Empresarial, Maestría en Administración con mención en Gerencia Pública, Maestría en Ciencias con mención en Proyectos de Inversión, Maestría en Administración con mención en Finanzas, Maestría en Ciencias con mención en Gestión Universitaria, Maestría en Ciencias de la Ingeniería Mecánica Eléctrica, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Gerencia Social, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Sexualidad y Democracia, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Gobernabilidad, Descentralización y Reforma del Estado, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Sociología de la Infancia y las Generaciones, Maestría en Ciencias con mención en Gerencia en Tecnología de Información, Maestría en Gerencia de Obras y Construcción, Maestría en Ciencias con mención en Gerencia de Servicios de Salud, Maestría en Ciencias de Enfermería, Maestría en Ciencias con mención en Recursos Hídricos, Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Ambiental, Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Hidráulica, Maestría en Ciencias con mención en Bioingeniería y Biotecnología Agroindustrial, Maestría en Ciencias con mención en Biología Molecular y Bioquímica Clínica, Maestría en Ciencias Pecuarias con mención en Producción Animal, Maestría en Odontología con mención en Ortodoncia, Maestría en Medicina, Maestría en Ciencias de la Ingeniería Mecánica y Eléctrica con mención en Energía, Maestría en Ciencias con mención en Matemática Aplicada, Maestría en Ciencias con mención en Docencia Universitaria e Investigación Universitaria, Maestría en Neurociencias en Educación, Maestría en Derecho con mención en Judicial y Fiscal, Maestría en Derecho con mención en Civil y Comercial, Maestría en Derecho con mención en Constitucional y Gobernabilidad, Maestría en Derecho con mención en Derecho Empresarial, Maestría en Derecho con mención en Ciencias Penales, Maestría en Ciencias con mención en Informática y Sistemas, Maestría en Ciencias con mención en Microbiología, Maestría en Ciencias con mención en Docencia Superior e Investigación Educativa, Maestría en Ciencias con mención en Ecología y Conservación, Maestría en Ciencias con mención en Salud Pública: Doctorado en Ciencias de la Educación, Doctorado en Gestión Universitaria, Doctorado en Derecho y Ciencia Política, Doctorado en Ciencias de la Salud, Doctorado en Ciencias Ambientales. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese.ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario GeneralAsamblea Nacional de Rectores 220592-1 Autorizan el trámite para el reconocimiento de Certificados de Estudios, Títulos, Grados Científicos y registro de los mismos expedidos por universidades de la Federación de Rusia RESOLUCIÓN Nº 471-2008-ANR Lima, 27 de junio de 2008EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS:El Ofi cio RE (DGC) Nº 2-8-B/59, de fecha 04 de junio del 2008, el Memorando Nº 365-2008-SE de fecha 09 de junio, y; CONSIDERANDO:Que, mediante ofi cio de vistos el Director General de Política Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia solicita que en tanto se concrete la suscripción de un Convenio de igual naturaleza al “Protocolo sobre equivalencia y reconocimiento mutuo de certifi cados de estudio, títulos y grados científi cos” de fecha 26 de octubre de 1987, se continúe con el reconocimiento de los certifi cados, títulos y grados otorgados por universidades de la Federación de Rusia; Que, el Secretario Ejecutivo, dispone la elaboración de una resolución favorable a la vigencia del Protocolo sobre la Equivalencia y el Reconocimiento Mutuo de Certifi cados de Estudio, Títulos y Grados Científi cos en base de los considerandos precedentes; Estando a la autorización de la Alta Dirección;En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el trámite para el reconocimiento de Certifi cados de Estudios, Títulos, Grados Científi cos y registro de los mismos expedidos por las universidades de la Federación de Rusia, en tanto se suscriba el convenio con la citada Federación.Descargado desde www.elperuano.com.pe