Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2008 (03/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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375407

RESUELVE:

Articulo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de MORDAZA, los siguientes Juzgados de Paz: Provincia de Puno:

Sapanota, Tinquicancha, Ucco Pucro, Viluyo, Wistapata, Yaracuno, y los Campamentos Mineros de Chimboya y Minas Sola. Provincia de Huancane: Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Titihue, distrito de Huancane, cuya competencia territorial comprendera ademas: la Comunidad Campesina de Cupisco y la Unidad Agropecuaria de Yapupampa. Articulo Segundo.- Los limites geograficos de los mencionados organos jurisdiccionales son los que aparecen descritos en el Informe Nº 007-2008-SEP-GPGG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Uros Chulluni, distrito de MORDAZA, cuya competencia territorial comprendera ademas: las Comunidades Campesinas de Jirata Viscachuni, Capujra, y las Islas Flotantes de Balcedo, Ccollana, MORDAZA, Forova, Huacahuacani Grande, Huacahuacani Chico, Kapi MORDAZA Grande, Llachopunco, Macano Uro, Negrori, Pata, Rio Willy, MORDAZA MORDAZA, Tinajero, Tirana Uros, Toronipata y Tribuna. Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado MORDAZA Esquena, distrito de Acora, cuya competencia territorial comprendera: la Unidad Agropecuaria del mismo nombre y la Comunidad Campesina de MORDAZA Esquena. Provincia de El Collao:

Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Jachocco Huaracco, distrito de Ilave, cuya competencia territorial comprendera: las Comunidades Campesinas de Jachocco (sede), Huaracco, Catamuro I y Jachocco I. Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Sullcacatura Choquetanca Ccorpa MORDAZA, distrito de Ilave, cuya competencia territorial comprendera: las Comunidades Campesinas de Sullcacatura, Choquetanca y Ccorpa Flores. Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Cangalli, distrito de Ilave, cuya competencia territorial comprendera ademas: las Unidades Agropecuarias de Chungara, Huajra, Kollahuaya, Villacoma, Wencasi, San MORDAZA Marcaccollo, MORDAZA Jilamaico, MORDAZA y Chilacachi. Provincia de Sandia: Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Huancasayani, distrito de Limbani, cuya competencia territorial comprendera: los Caserios de Huancarani, Huancasayani, Japo, Jatuntiana, Karkatira, Chanccacocha, Huansayani, Aricona y las Unidades Agropecuarias de Cayra Huata, Ccoatica, Cerro Colorado, Chijuni, Jinchujinchuni y Patantiani. Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Cullucachi, distrito de Phara, cuya competencia territorial comprendera ademas: el Pueblo de San MORDAZA de Lloquepata y el Caserio de Paltaccacca. Provincia de Chucuito:

221528-2

Disponen traslado de Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 161-2008-CE-PJ MORDAZA, 10 de junio de 2008 VISTO:

Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Chacocollo San MORDAZA, distrito de Kelluyo, cuya competencia territorial comprendera ademas: las Unidades Agropecuarias de Mayco Phujo, MORDAZA y Kapia Pusuma. Provincia de Carabaya: Un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Aymana, distrito de Corani, cuya competencia territorial comprendera ademas: los Caserios de Acanayoc, Acanchara, Accopa, Accopata, Accoroni, Anta MORDAZA, Castilloma, Ccollpamocco, Chacapata, Chamacuyo, Chejtarumiyoc, Chiquilliani, Chollopampa, Chullo, Hachas Lacaya, Huancasaya, Huatuyota, Janttacucho, Kajata, MORDAZA, Llocllata, MORDAZA Huachana, MORDAZA MORDAZA, Minas Cunca, Naccate, Niquerani, Osccollani, P'chisiani, MORDAZA Quecha, Patahuasi, Peccochaca, Petiquina, Phaco, Pinani, Pocupata, Pucacancha, Pucamayo, Pusca Chico, Pusca Grande, Saire MORDAZA, Wichunca, Yanacancha, Yanacollpa, Yayomuna y Yerpo, las Unidades Agropecuarias de Acoyo, Chapi Cunca Huasi, Chapi Grande, Chapi Huarmi, Chapi Tiana, Chectata, Chillahuantira, Llapa MORDAZA, Palcca Chullo, Pucawasi, Pucakaja, Quello Pujio, Quilcata, Rumi Rumi y Viscachani, Yuraccaja, las Comunidades Campesinas de Accocunca, Accopampa, Cake Huachana, Ccano Ccahuani, Ccoaca, Ccoaca Camchayoc MORDAZA, Chillinchillini, Chisiani, Despacho, MORDAZA, Huancane, Huecollo MORDAZA, Millo, Occojta, Patatiani, Piacha, Pununacuna, Pucatianac, Pupusani, Quilccaya, Quillhuaccocha, Quinuani,

El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la magistrada Mariem MORDAZA De La MORDAZA Bedrinana, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la magistrada Mariem MORDAZA De La MORDAZA Bedrinana, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA o del Callao; se sustenta en que ha sufrido el desprendimiento total de la retina del ojo derecho y como consecuencia de ello la perdida total de la vision de dicho ojo, por lo que se ha quedado unicamente con la vision que le permite el ojo izquierdo; Segundo: Al respecto, refiere la citada magistrada que ha venido sufriendo de malestares en ambos ojos con incidencia en la vision, razon por la cual acudio al servicio de Oftalmologia en el Hospital "Victor MORDAZA Echegaray" de la red asistencial de ESSALUD - La MORDAZA en enero de 2007, donde luego de los examenes correspondientes, se le diagnostico Neuritis optica en el ojo MORDAZA (ojo unico) y ojo derecho ciego, siendo referida al Hospital Rebagliati para ser evaluada y tratada por medicos especialistas, teniendo en cuenta que la red asistencial de ESSALUD - La MORDAZA no cuenta con tales profesionales; Tercero: Que, en el mencionado nosocomio la magistrada Mariem MORDAZA De La MORDAZA Bedrinana fue

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