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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375403 una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Santa, para culminar la ejecución del Proyecto con código SNIP N° 47680, hasta por la suma de Doscientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 295 648.00); Que, con fecha 26 de mayo de 2008 se suscribió la Addenda al Convenio Específico, por la cual se acuerda ampliar el monto de financiamiento para la culminación del Proyecto con código de SNIP N° 47680, hasta por el monto de Doscientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 295 648.00); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa, hasta por la suma de Doscientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 295 648.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP No. 47680 detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, y cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Santa, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1° de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Santa presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4°.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 23 de julio de 2007 y Addenda de fecha 26 de mayo de 2008 suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Santa para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5°.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4° de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoANEXO A PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA COD SNIPPROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008MONTO PRESU- PUESTADO S/. 47680REHABILITACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE ALCANTARILLADO DEL HUP JAVIER HERAUD, DISTRITO DE SANTA - SANTA - ANCASHINDIRECTA 295,648.00 295,648.00 TOTAL 295,648.00 295,648.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA COD SNIPPROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TOTAL S/. 01 MES 02 MES 47680REHABILITACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE ALCANTARILLADO DEL HUP JAVIER HERAUD, DISTRITO DE SANTA - SANTA - ANCASHINDIRECTA 147,824.00 147,824.00 295,648.00 TOTAL 147,824.00 147,824.00 295,648.00 221475-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 248-2008-VIVIENDA Lima, 2 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo N° 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberá suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 18 de setiembre de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Descargado desde www.elperuano.com.pe