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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375406 Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de Lima Norte, los siguientes Juzgados de Paz: Distrito de Santa Rosa:ƒ Un Juzgado de Paz con sede en Santa Rosa, cuya competencia territorial comprenderá: la Av. Alejandro Bertello, los Asentamientos Humanos: La Arbolera, Las Brisas de los Ángeles, Villa Los Ángeles, Los Girasoles, Los Jardines de la Parcela, Ampliación Arbolera, Parcela C; las Asociaciones de Vivienda: Las Brisas de Santa Rosa, Santa Rosa de Lima, Mariscal Castilla, Pequeños Productores Pecuarios, Señor de los Milagros, Los Educadores, El Balneario Country Club Santa Rosa y la Cooperativa de Vivienda Covimar. Distrito de Ancón: ƒ Un Juzgado de Paz con sede en Ancón, cuya competencia territorial comprenderá: la Av. Juan Carlos Mariátegui, los Asentamientos Humanos Estera I, Estera II, Oasis, Nueva Era, San Francisco de Asís, 21 de Marzo, La Alameda, Calichera, Los Corales, Villa Estela, Manuel Cox, Bahía Blanca, Los Álamos, Señor de los Milagros, Los Piuranos y las Urbanizaciones: San José, Virgen del Rosario, San Pedro, Las Colinas, Estela Maris, Playa Hermosa, Mira Mar, Miguel Grau, Las Brisas, Garcilazo de la Vega y Pera. Distrito de Puente Piedra: ƒ Un Juzgado de Paz con sede en Asentamiento Humano Estrella Simón Bolívar Cuarto Sector, cuya competencia territorial comprenderá: los Asentamientos Humanos Lomas de la Ensenada, Virgen de Fátima, Simón Bolívar, Estrella Simón Bolívar - Tercer Sector, Ampliación Estrella Simón Bolívar - 17 de octubre, Estrella Simón Bolívar Cuarto Sector y Asociación Pro Vivienda EP (APROVIEP). ƒ Un Juzgado de Paz con sede en Asentamiento Humano La Ensenada de Chillón, cuya competencia territorial comprenderá: los Asentamientos Cristo Rey, Cruz de Chillón, Luis Felipe de las Casas, Vista Alegre, Vista Hermosa, Virgen del Carmen I, Virgen del Carmen II y La Ensenada de Chillón. ƒ Un Juzgado de Paz con sede en la Asociación de Vivienda Lotización Semi Rústica, cuya competencia territorial comprenderá: los Asentamientos La Merced, César Vallejo, Ramiro Prialé, Señor de los Milagros, Participación Puentepedrina, así como en las Asociaciones de Vivienda Los Huertos de Chillón, Los Robles, Los Pedregales, Los Girasoles, Lotización Chillón, Lotización Semi Rústica, y Agrupación Filiberto Steux. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos de los mencionados órganos jurisdiccionales son los que aparecen descritos en los Informes Nºs. 018 y 045-2006-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- En relación a la solicitud de creación de seis Juzgados de Paz, en San Martín de Porres, Carabayllo, Comas, Los Olivos, Independencia y Condevilla de la provincia y departamento de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte; solicitar informe complementario a la Gerencia General del Poder Judicial respecto a la infraestructura, límites, jurisdicción, territorio, ente otros aspectos, para la emisión de pronunciamiento sobre los pedidos de creación formulados. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANO 221528-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 114-2008-CE-PJ Lima, 23 de abril de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 191-2008-GG-PJ, y el Informe Nº 007- 2008-SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial, así como el Ofi cio Nº 215-2007-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe (e) de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y; CONSIDERANDO:Primero: Que, el Gerente General del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno la propuesta de creación de 10 Juzgados de Paz presentada por el Jefe (e) de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, en los siguientes centros poblados: a) Uros Chulluni, distrito y provincia de Puno; b) Marca Esqueña, distrito de Acora, provincia de Puno; c) Jachocco Huaracco, distrito de Ilave, provincia de El Collao; d) Sullcacatura Choquetanca Ccorpa Flores, distrito de Ilave, provincia de El Collao; e) Cangalli, distrito de Ilave, provincia de El Collao; f) Huancasayani, distrito de Limbani, provincia de Sandia, g) Cullucachi, distrito de Phara, provincia de Sandia; h) Chacocollo San Juan, distrito de Kelluyo, provincia de Chucuito, i) Aymaña, distrito de Corani, provincia de Carabaya, y j) Titihue, distrito y provincia de Huancane; todos ellos del departamento y Distrito Judicial de Puno; a solicitud de las autoridades y pobladores de las referidas localidades; Segundo: La solicitud de creación de Juzgados de Paz en los mencionados centros poblados, se fundamenta en la elevada densidad poblacional existente en cada uno de ellos, así como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que en todos los casos el órgano jurisdiccional más próximo se encuentra ubicado a considerable distancia, lo cual signifi ca gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero para la población de los mencionados distritos considerando sus difi cultades económicas; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, los Informes Nºs. 007-2008-SEP-GP- GG-PJ y 046-2008-LAMN-CE/PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial y del Jefe (e) de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, respectivamente, concluyen que es factible la creación de los Juzgados de Paz en los Distritos señalados en el primer considerando; asimismo, en dichos informes aparecen los límites geográfi cos de los Juzgados de Paz por crearse; Cuarto: Que, por el número de habitantes de los Distritos a los que benefi ciarían los Juzgados de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza penal, civil, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente en este extremo la petición formulada; concluyéndose que por difi cultades de acceso a la justicia, escasos recursos económicos y elevado número de la población benefi ciada, resulta conveniente la creación de los Juzgados de Paz antes mencionados; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; Descargado desde www.elperuano.com.pe