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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375402 Modifican “Directiva que establece medidas complementarias para el control y monitoreo de unidades vehiculares a través de dispositivos de ubicación de conexión inalámbrica” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 8444-2008-MTC/15 Lima, 23 de junio de 2008CONSIDERANDOQue mediante Resolución Directoral N° 4199-2008- MTC/15 se aprobó la Directiva N° 002-2008-MTC/15 “Directiva que establece medidas complementarias para el control y monitoreo de unidades vehiculares a través de dispositivos de ubicación de conexión inalámbrica”. Que el artículo 3° de la referida Directiva establece las características de los dispositivos de ubicación de conexión inalámbrica, siendo necesario modifi car algunas características técnicas y la capacidad de ubicación del vehículo, para un mejor control y monitoreo del mismo. Que de conformidad con la Ley N° 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Modifíquese los incisos 3.1 y 3.2 del artículo 3° de la Directiva N° 002-2008-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral N° 4199-2008-MTC/15, en los términos siguientes: 3.1 Características técnicas de los kits vehiculares: a) Equipos con tecnología GPS, GSM/GPRS (Cuatro Bandas 850/900/1800/1900 Mhz), Duales (GSM/GPRS/SATELITAL) u otros que realicen la transmisión de modo inalámbrico que posean frecuencia y tecnología autorizada por el MTC. b) Equipos con la capacidad de notifi car eventos de exceso de velocidad, ocurrencia de asaltos (botón de pánico), zonas no permitidas y de forma opcional que permitan el escalamiento para implementar otro tipo de eventos como por ejemplo: control de ignición, sensor de movimiento, geo-referenciación, etc. (…)d) Equipos que utilicen los protocolos AT, TAIP, TSIP, NMEA, SIRF, TCP/IP, UDP u otros que proporcionen bidireccionalidad de la comunicación. e) Equipos programables por conector externo y/o en forma remota. (…)i) Homologados por la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones. (…)k) Equipos con la capacidad de almacenamiento de DATA fuera de zonas de cobertura de comunicación. l) Deben contar con puertos digitales y/o análogos. 3.2 Mínimo de 12 canales GPS y que brinden la ubicación del vehículo con un margen de error de aproximadamente 5 metros, y en caso el vehículo no se encuentre en movimiento hasta 15 metros. Artículo 2 º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 220462-1VIVIENDA Autorizan transferencias financieras del Programa Agua para Todos a favor de la Municipalidad Distrital de Santa y del Gobierno Regional Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2008-VIVIENDA Lima, 2 de julio de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial No. 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo N° 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 23 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Santa, provincia de Santa, Departamento de Ancash (en adelante el Convenio Específico), con el objeto de financiar la ejecución del Proyecto “Rehabilitación del Sistema General de Alcantarillado del HUP Javier Heraud, Distrito de Santa - Santa - Ancash” (en adelante el Proyecto) con código de SNIP N° 47680; Que, mediante Resolución Ministerial N° 321-2007- VIVIENDA de fecha 20 de julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Un Millón Seiscientos Sesenta y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 667 000.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP N° 47680; Que, mediante Informe Técnico N° 212-2008/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE de fecha 26 de mayo de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para efectuar Descargado desde www.elperuano.com.pe