Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2008 (16/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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de la Oficina de Asesoria Juridica de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperacion Internacional

226488-1

Universitarias", el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar, a la Directora General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas, realizar las acciones de seguimiento, coordinacion e implementacion necesaria para el adecuado cumplimiento de la presente Resolucion Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web institucional (http://www.bnp.gob.pe) Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU

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Aprueban el documento "Indicadores de Gestion de Bibliotecas Universitarias"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL N° 145-2008-BNP
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2008 El senor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, VISTOS, la Resolucion Directoral Nacional Nº 134-2005BNP, de fecha 22 de MORDAZA de 2005, el Acta de Instalacion del Comite de Bibliotecas Universitarias Nacionales (COBUN), de fecha 25 de agosto de 2005 y el Memorandum Nº 1582008-BNP/SNB/CCRBEE, de fecha 21 de MORDAZA de 2008; y CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru actua como un organismo consultivo y de asesoramiento, promoviendo la cooperacion y participacion de Instituciones y Organismos Publicos y Privados en la gestion de programas y proyectos de desarrollo bibliotecario nacional, conforme a lo senalado en los literales e) y g) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, conforme a lo senalado en la Resolucion del Visto, se autorizo al Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas a traves de la Direccion de Bibliotecas Academicas y Especializadas, a convocar a los representantes de las Universidades Nacionales del Peru a fin de conformar mesas de trabajo para la formulacion del documento denominado "Indicadores de Gestion de Bibliotecas Universitarias", con el fin de estimular el uso de indicadores en la evaluacion de los servicios que brindan las bibliotecas en dichas Instituciones Educativas; Que, de acuerdo a lo senalado en el Acta del Visto los representantes convocados de las Universidades Nacionales han acordado establecer un Comite de Bibliotecas Universitarias Nacionales (COBUN) dedicado a desarrollar sistemas de monitoreo y evaluacion de la calidad de los servicios de las Bibliotecas de Universidades Nacionales; y Que, mediante el Memorandum del Visto la Direccion General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Escolares y Educativas de la Biblioteca Nacional del Peru informa que se ha culminado con el MORDAZA de elaboracion del documento denominado "Indicadores de Gestion de Bibliotecas Universitarias", solicitando la expedicion de una Resolucion Directoral Nacional que apruebe el documento MORDAZA citado; Que, asimismo se informa que los Indicadores de Gestion de Bibliotecas Universitarias tienen como objetivo la mejora de la calidad de recursos documentales, personal, administracion y organizacion, que posteriormente permitiran desarrollar programas de cooperacion entre Universidades; y En ejercicio de las facultades senaladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el documento denominado "Indicadores de Gestion de Bibliotecas

COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen registro de actualizacion de prospectos MORDAZA correspondientes al "Programa de Papeles Comerciales Titulizados - ANDES" y del "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Subordinados - ANDES" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTONOMOS Nº 015-2008-EF/94.06.2
MORDAZA, 11 de marzo de 2008 VISTOS: Los expedientes Nº 2007020779 y 2006023432, asi como el Memorandum Nº 751-2008-EF/94.06.2 del 11 de marzo de 2008 de la Direccion de Patrimonios Autonomos; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral de Patrimonios Autonomos N° 003-2007-EF/94.06.02 del 16 de MORDAZA de 2007, se aprobo el tramite anticipado y se dispuso la inscripcion del "Programa de Papeles Comerciales Titulizados ­ ANDES" y del "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Subordinados - ANDES" hasta por un importe total en circulacion entre ambos programas de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de Dolares de los Estados Unidos de America), asi como la inscripcion de los prospectos MORDAZA correspondientes; Que, en Sesion de Directorio del 23 de agosto de 2007, Credicorp Ltd. aprobo el otorgamiento de una fianza irrevocable e incondicional para cubrir las obligaciones contraidas por el "Patrimonio en Fideicomiso ­ Decreto Legislativo Nº 861, Titulo XI ­ valores Titulizados Andes", ante los tenedores de Papeles Comerciales y Bonos Subordinados, siempre que el producto resultante de la liquidacion no sea suficiente para cubrir tales obligaciones; Que, la referida fianza se ha constituido bajo las leyes de Bermuda y no excedera de US$ 5 800 000.00 (cinco millones y 00/100 de Dolares de los Estados Unidos de America); Que, la modificacion parcial del Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulizacion celebrado por Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. y el Banco de Credito del Peru; correspondiente al "Primer Programa de Papeles Comerciales Titulizados ­ ANDES" y el "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Subordinados - ANDES", fue elevado a escritura publica el 01 de febrero de 2008 y se encuentra inscrito en la partida electronica N° 11016503 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, el solicitante ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica

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