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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2008 (18/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376339 Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Chipaco, distrito de Monzón, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Chipaco, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Subgerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Chipaco, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 227303-4 Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Palmiche y Anexos Sapote y Chacatan RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 413-2008-JNAC/RENIEC Lima, 30 de junio del 2008.VISTOS: El Informe Nº 000520-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Subgerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000166-2008-GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, según el cual, el Sistema Registral está conformado por los órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos de inscripción, encontrándose encargadas, las Ofi cinas Registrales, del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa a que se refi eren los Informes del Visto, ha formalizado el expediente para delegación de funciones registrales, el cual ha sido califi cado positivamente por la Subgerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegación en mención, a fi n de establecer la vinculación funcional respectiva; Que, el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad Nativa debe existir una Ofi cina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Código Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comité Especial, respecto a lo cual, la Comunidad Nativa señalada, no ha presentado el Acta de Conformación de dicho Comité, por lo que la remisión de libros para ese efecto, se efectuará una vez que se acredite la conformación acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Palmiche y Anexos Sapote y Chacatan, distrito de Cahuapanas, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Subgerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y Defunción, a la Ofi cina Registral acotada; correspondiendo a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Artículo 4º.- La Subgerencia señalada, proveerá los Libros de Matrimonio, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil acotada, cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comité Especial, a que hace referencia el Artículo 262º del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 227303-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de agencias en los departamentos de Huánuco y Ucayali RESOLUCIÓN SBS N° 2879-2008 Lima, 4 de julio de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) para que se le Descargado desde www.elperuano.com.pe