Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2008 (18/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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concordancia con la normatividad vigente, c) Elaborar y presentar el Inventario Patrimonial ajustado y depreciado al 31 de Diciembre de cada ano; contraviniendose ademas el D. Leg. Nº 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que en su Art. 21 inc. a); obliga a cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; Que, de la revision de la documentacion adjuntada subsisten los cargos en contra de los funcionarios y ex funcionarios de la Universidad Nacional de Ucayali, encontrandose la conducta dentro de los alcances del inciso a) del Art. 21 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de remuneraciones del Sector Publico; Que, el Tribunal de Honor, mediante Informe Nº 0072008-TH-UNU, del 18 de enero del 2008, ha llegado a establecer que los actos realizados por los funcionarios y ex funcionarios de la Universidad han transgredido las Normas Administrativas citadas en el Art. 28 inc. a) por negligencia en el desempeno de sus funciones; concordante con lo establecido en el Art. 25 MORDAZA parte del D. Leg. Nº 276, pueden ser sancionados por las faltas que cometan, acorde con los Arts. 150 y 151 del D. S. Nº 005-90-PCM; por lo que con los criterios que establece la ley, se formula OPINION que HAY LUGAR a la APERTURA DE MORDAZA ADMINISTRATIVO contra el Med. Vet. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion y contra el CPC MORDAZA MORDAZA Lizarzaburu MORDAZA, Ex - Jefe Oficina Ejecutiva de Contabilidad, por los cargos contenidos en las observaciones: 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07 y 08; contra el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento, por los cargos contenidos en las observaciones: 02; 04; 05; 07 y 08; contra el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Jefe de la Oficina de Asesoria Legal y contra el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ExJefe de la Oficina de Asesoria Legal, por el cargo contenido en la observacion: 04; contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lisson, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura; el Ing. M.Sc. MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura; el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura y contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura, por el cargo contenido en la observacion: 06; Que, el Art. 39º de la Constitucion Politica del Estado, establece que todos los funcionarios y servidores publicos estan al servicio de la Nacion; por lo que estan sujetos a las obligaciones y prohibiciones determinadas por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 00590-PCM; en el mismo sentido, el Art. 126º y Art.129 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, senala que todo funcionario o servidor del Estado, cualquiera fuera su condicion esta sujeto a las obligaciones determinadas por la Ley y su Reglamento, y deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda; Que, siendo asi, una falta disciplinaria, es toda infraccion de la ley o de cualquier otra MORDAZA, y acarrea una sancion administrativa de acuerdo a la magnitud de la falta, precisando que una falta disciplinaria es mas grave cuanto mas elevado sea el nivel del servidor que la ha cometido; Que, el Art. 150º y Art. 151 del D.S. Nº 005-90-PCM, considera falta disciplinaria a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad, especifica sobre los deberes de servidor publico, y el Art. 126º del D.S. Nº 005-90-PCM, senala que todo funcionario o servidor del Estado, cualquiera fuera su condicion esta sujeto a las obligaciones determinadas por la Ley y su Reglamento, y el Art. 129º del D.S. Nº 005-90-PCM, establece que los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda; Estando conforme a las atribuciones del senor Rector que le confiere la Resolucion Nº009-2003-CET-UNU y la Resolucion Nº002/03-AU-UNU, el Art. 33° inc. b) de la Ley Universitaria Nº23733 y el Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo 1°.- APERTURAR MORDAZA administrativo disciplinario contra el Med. Vet. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion y contra el CPC MORDAZA MORDAZA Lizarzaburu MORDAZA, Ex - Jefe Oficina Ejecutiva de

Contabilidad, por los cargos contenidos en las observaciones: 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07 y 08; contra el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento, por los cargos contenidos en las observaciones: 02; 04; 05; 07 y 08; contra el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Jefe de la Oficina de Asesoria Legal y contra el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex- Jefe de la Oficina de Asesoria Legal, por el cargo contenido en la observacion: 04; contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lisson, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura; el Ing. M.Sc. MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura; el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura y contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex - Director de la Oficina General de Infraestructura, por el cargo contenido en la observacion: 06; por las consideraciones expuestas en la presente resolucion; y que se encuentran comprendido en el Informe Largo Administrativo Nº 057-2006-3-0360 "Sintesis Ejecutiva del Informe de Auditoria a los Estados Financieros, Periodos 2003 y 2004". Articulo 2°.- LOS PROCESADOS en garantia de su derecho de defensa tienen cinco dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, a fin de que presenten su descargo respectivo. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la UNU, la distribucion y notificacion de la presente resolucion a los interesados y las areas respectivas, asi como a su file personal, sin perjuicio, en caso de no ser ubicados los procesados se publique en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de ley. Comuniquese, registrese y archivese. MORDAZA G. LLANCOR MORDAZA Rector MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Rector 227529-1

Designan funcionarios responsables de brindar informacion y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia de la Universidad Nacional de Ucayali
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RECTORADO RESOLUCION Nº 171-2008-R-UNU Pucallpa, 13 de MORDAZA del 2008 Visto, el Exp. N° 006010805001, de fecha 12 de MORDAZA del 2008, sobre designacion de funcionarios responsables del MORDAZA de Transparencia de la UNU. CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el articulo 3° de la Ley N° 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley N° 27927, de acuerdo al MORDAZA de publicidad toda informacion que posea el Estado se presume publica, salvo las excepciones a las que se refiere la presente Ley"; Que, la misma Ley senala en su articulo 5° que la Entidad Publica difundira la informacion que posea a traves de Internet, designando el funcionario responsable de la elaboracion de los portales correspondientes; Que, el Articulo 4° del Decreto Supremo N° 072-2003PCM Reglamento del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece que la designacion del funcionario responsable de entregar la informacion y del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA, se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", colocando ademas MORDAZA de la Resolucion en un lugar visible de la entidad;

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