Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2008 (11/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

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a. Reemplazar al Decano en los casos de licencia, impedimento temporal, impedimento permanente, renuncia o muerte. En estos tres ultimos casos lo MORDAZA hasta el final de su mandato. b. Supervisar las actividades administrativas al interior del Colegio de Nutricionistas del Peru. c. Colaborar eficaz y permanentemente con el Decanato y con los demas miembros del Consejo en el cumplimiento de sus obligaciones. d. Revisar y/o actualizar el Codigo de Etica y Deontologia, presidiendo la comision respectiva. e. Investigar y resolver las denuncias relacionadas con faltas al Codigo de Etica y Deontologia. f. Coordinar con el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) en situaciones de emergencias y desastres. g. Coordinar con las instituciones gremiales de nutricion actividades inherentes a la defensa de la profesion. h. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano (a). Articulo 38º.- Funciones del Secretario(a) General del Consejo Nacional Son funciones del Secretario(a) General del Consejo Nacional a. Organizar, dirigir y tramitar la correspondencia, asi como, la marcha administrativa de asuntos externos a nivel nacional e internacional del Colegio de Nutricionistas previo acuerdo del Consejo Nacional. b. Difundir los fines y actividades del Colegio de Nutricionistas, a traves de la Pagina Web del Colegio. c. Llevar y mantener al dia el registro de matricula de colegiacion, de instituciones cientificas, de postgrados y otros. d. Mantener la vinculacion del Colegio con instituciones y organizaciones nacionales e internacionales. e. Organizar y mantener actualizados los archivos y registros del Colegio de Nutricionistas del Peru. f. Coordinar los actos publicos en los que participe el Colegio. g. Efectuar el seguimiento de las actividades en las que participe el Colegio. h. Firmar con el Decano las comunicaciones y documentos pertinentes. i. Reemplazar en ausencia al Secretario(a) Administrativo (a). j. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano(a). Articulo 39º.- Funciones del Secretario(a) Administrativo(a) del Consejo Nacional Son funciones del Secretario(a) Administrativo(a) del Consejo Nacional: a. Preparar conjuntamente con el Decano(a) Nacional, la agenda de sesiones y de las Asambleas Representativa Nacional y citar a los miembros Directivos del Consejo Nacional y Regionales. b. Redactar y mantener al dia, bajo responsabilidad, las actas de las sesiones del Consejo Nacional y de la Asamblea Representativa Nacional. c. Reemplazar en ausencia al Secretario(a) General. d. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano(a). Articulo 40º.- Funciones del Secretario(a) de Economia del Consejo Nacional Son funciones del Secretario(a) de Economia del Consejo Nacional: a. Realizar los actos de gestion economica y logistica del Colegio de Nutricionistas del Peru. b. Elaborar el presupuesto anual conjuntamente con el Consejo Nacional. c. Dirigir los procesos relacionados con la adquisicion de bienes, servicios y la baja de bienes del Colegio de Nutricionistas del Peru previo acuerdo del Consejo Nacional y llevar el inventario correspondiente. d. Vigilar la contabilidad de la institucion, la que debera estar a cargo de un Contador Publico Profesional colegiado. e. Firmar con el Decano(a) los documentos que representen obligaciones economicas y financieras a cargo del Colegio, una vez aprobadas por el Consejo Nacional.

f. Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio presupuestal y someterlo a la aprobacion del Consejo Nacional. g. Supervisar e informar sobre los ingresos y egresos economicos del Colegio. h. Elevar al Consejo Nacional un informe mensual sobre el estado de las cuentas del Consejo Nacional y trimestral de cada Consejo Regional. i. Asesorar en aspectos economicos y logisticos a los Consejos Regionales y coordinar la MORDAZA de sus estados financieros trimestrales. j. Facilitar la informacion contable del Consejo Nacional al Comite revisor de cuentas para los fines que MORDAZA pertinentes y publicarlos en la pagina web del Colegio. k. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano(a). Articulo 41º.- Funciones del Secretario(a) de Imagen Institucional del Consejo Nacional Son funciones del Secretario(a) de Imagen Institucional del Consejo Nacional: a. Coordinar con las diferentes comisiones para la difusion y publicacion de sus actividades. b. Dirigir y garantizar la edicion y difusion periodica de informacion, publicaciones y otros relacionados a los fines del Colegio, mediante la pagina Web, boletines, comunicados, revista, articulos, etc. de la institucion. c. Propiciar y mantener la incorporacion del Colegio a organizaciones nacionales e internacionales. d. Elaborar el programa anual de actividades de proyeccion a la comunidad del colegio, coordinando y evaluando su ejecucion. e. Cumplir con los protocolos institucionales. f. Conocer, informar y actuar en todos los asuntos relacionados con la proyeccion social y bienestar del nutricionista. g. Promover y organizar actividades socio-culturales de los nutricionistas. h. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano(a). Articulo 42º.- Funciones del Secretario(a) Cientifico(a) del Consejo Nacional Son funciones del Secretario(a) Cientifico(a) del Consejo Nacional a. Elaborar y ejecutar el plan anual de capacitacion con el Consejo Nacional. b. Fomentar la cooperacion y difundir los conocimientos profesionales por medio de debates, foros, conferencias, publicaciones y otros medios de difusion. c. Informar a traves de la pagina Web del Colegio, los certamenes cientificos nacionales e internacionales que se celebren. d. Requerir y prestar asistencia a universidades, sociedades cientificas, colegios profesionales y autoridades publicas y privadas en todo lo que conduzca a las finalidades propias del Colegio, previo acuerdo del Consejo Nacional. e. Crear centros de documentacion virtual, editar obras y revistas de caracter profesional que tiendan al perfeccionamiento de los nutricionistas aprobado por el Consejo Nacional. f. Estimular y promover la investigacion cientifica. g. Cumplir otras funciones que le asigne el Decano(a). SUB-CAPITULO III: De las Asambleas Regionales, funciones y atribuciones Articulo 43º.- La Asamblea Representativa Regional La Asamblea Representativa Regional Ordinaria y Extraordinaria es el MORDAZA organo deliberativo y esta conformado por: a. Los miembros del Consejo Regional. El Decano ejercera la presidencia. b. Los Delegados Institucionales procedentes del sector publico y privado.

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