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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (11/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de octubre de 2008 381275 GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CORONEL USAF WLLIAM D. MILES2. MAYOR USAF GILBERTO A. RIBONI3. TTE CRL USAF BRIAN D. BURNS c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 13 al 20 de octubre de 2008 263176-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE DECRETO SUPREMO Nº 122-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, por el Decreto Supremo Nº 116-2006- EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; asimismo, señala que el plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27170, Ley de creación del FONAFE, y específicamente el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, ésta es una empresa de Derecho Público adscrita al Sector Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente dispositivo legal. Artículo 2º.- PublicaciónEl presente Decreto Supremo será publicado en el Diario O fi cial El Peruano. El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE - aprobado por el artículo 1º del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE (www.fonafe.gob.pe). Artículo 3º.- DerogaciónDeróguese el Decreto Supremo Nº 116-2006-EF. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 263371-2 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorización a Fénix Power Perú S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la provincia de Cañete RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 476-2008-MEM/DM Lima, 6 de octubre de 2008 VISTO: El Expediente N° 33162508, organizado por FENIX POWER PERÚ S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11685975 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, FENIX POWER PERÚ S.A., mediante documento con registro Nº 1795128, de fecha 30 de junio de 2008, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Chilca, prevista para su funcionamiento en ciclo combinado, con una potencia instalada de 596,7 MW, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, mediante Resolución Directoral N° 0157-2005- MEM/AAE del 28 de abril de 2005, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental para la central térmica a que se refi ere la presente Resolución; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 204-2008-DGE-DCE de fecha 26 de setiembre de 2008; Estando a lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo N° 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar autorización por tiempo inde fi nido a FENIX POWER PERÚ S.A., que se identi fi cará con código N° 33162508, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Chilca, prevista su funcionamiento en ciclo combinado, con una potencia instalada de 596,7 MW, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima.