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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (03/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393787 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Aprueban el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2009-GRL-CR Villa Belén, 14 de marzo de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 14 de marzo de 2009, aprobó por mayoría la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008- GRL-CR, de fecha 15 de diciembre de 2008, el Consejo Regional, aprobó por unanimidad el Reglamento del Consejo Regional, el mismo que establece la organización, atribuciones, derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros(as) Regionales y regula los procedimientos normativos y fi scalizadores del Consejo Regional. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 004- 2009-SO-GRL; 13/01/09, el Consejo Regional, aprobó por mayoría la conformación de las Comisiones Ordinarias de Trabajo de los Consejeros(as) Regionales, por lo que resulta necesario aprobar mediante Ordenanza Regional, el Reglamento de las Comisiones Ordinarias, de Investigación y Especiales del Consejo, conforme lo estable el Reglamento Interno del Consejo Regional. Que, el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional, tiene por fi nalidad regular el procedimiento y funcionamiento interno de las Comisiones Ordinarias, de Investigación y Especiales, quienes tienen como función analizar, investigar y emitir dictamen y/o informe sobre los temas y casos especiales. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modifi catorias establece en el artículo 21º inciso o) que es atribución del Presidente del Gobierno Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional Que, acorde con lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional, para su promulgación en un plazo de 10 días calendario. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de Loreto emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional, que regula el procedimiento y funcionamiento interno de las Comisiones Ordinarias, de Investigación y Especiales, quienes tienen como función analizar, investigar y emitir el dictamen y/o informe sobre los temas y casos especiales; instrumento normativo, que consta de VI Títulos, veintidós (22) artículos y tres (3) disposiciones complementarias fi nales y cuyo texto íntegro de ocho (8) folios forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, Diario de mayor circulación (la Región) y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob. pe. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto, para su promulgación. Dado en la sede de las instalaciones del Consejo Regional de Loreto, a los catorce días del mes de marzo de 2009. MARÍA GIANNELA CURTO LLOJA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º inc. o), 37 inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias las Leyes Nº 27902, 28013, 28962, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031- 2008-GRL-CR de fecha 15 de diciembre de 2008. Regístrese, publíquese y cúmplase. YVÁN ENRIQUE VÁSQUEZ VALERA Presidente del Gobierno Regional de Loreto 331397-1 Autorizan viaje de Subgerente de Recursos Naturales para participar en taller sobre gobernanza forestal, a realizarse en Nicaragua RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 363-2009-GRL-P Villa Belén, 4 de marzo del 2009 Visto, el Ofi cio Nº 082-2009-GRL-GRRRNNYGMA, de fecha 27 de febrero de 2009 y el Ofi cio Nº 089-2009- GRL-GGR, de fecha 3 de marzo de 2009, remitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, respectivamente, referente a la autorización de viaje al exterior al Ingº Jack Edward Flores Bardalez, Sub Gerente de Recursos Naturales, para participar en un Taller Internacional; y, CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno Regional de Loreto, dar la oportunidad a sus servidores para asistir a cursos de capacitación que le permitan adquirir nuevos conocimientos tendientes a un mejor ejercicio de sus funciones; Que, con Ordenanza Regional Nº 006-2007-GRL- CR, modifi cada por la Ordenanza Regional Nº 012-2008- GRL-CR, se aprobó el Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna Silvestre de Loreto, como un órgano técnico – normativo, dependiente de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto, con autonomía técnica, administrativa y de gestión, siendo su duración de carácter permanente; Que, la Asociación Coordinadora Indígena y Campesina de Agroforestería Comunitaria Centroamericana (ACICAFOC) y Global Witness, ha programado la organización del Taller Internacional “Herramientas para la Gobernanza Forestal: Monitoreo Forestal Independiente en Centroamérica (MFI): Intercambio de Experiencias Metodológicas y Lecciones Aprendidas en Honduras y Nicaragua”, el mismo que tendrá lugar del 8 al 14 de marzo del año en curso en Managua y en el Municipio del Jicaro en Nicaragua; Taller que se realizará gracias al apoyo de FLEG del Banco Mundial; Que, esta actividad tiene como objetivo “Mejorar la gobernanza del sector forestal en los países de Centroamérica y países seleccionados de la región amazónica, mediante el desarrollo de capacidades