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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409327 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alejandro Alfredo Gordillo Fernández, como Embajador Concurrente ante el Reino de Camboya y el Estado de Brunei Darussalam, con sede en la ciudad de Kuala Lumpur, República de Malasia, con fecha 28 de febrero de 2010. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 440855-10 Delegan facultades para suscribir documentos concernientes a la inscripción del “Registration Statement”, en la “Securities and Exchange Commission” (SEC) de los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 447-2009-RE Lima, 29 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Economía y Finanzas debe realizar un trámite ante la “Securities and Exchange Commission” (SEC) de los Estados Unidos de América, el mismo que se constituye en la inscripción del documento denominado “Registration Statement”, en la SEC; Que a efectos que se realice el referido trámite, la República del Perú debe designar un representante en los Estados Unidos de América, ante la “Securities and Exchange Commission” (SEC), para fi rmar los documentos requeridos para realizar dicha inscripción; Que, en consecuencia, es necesario delegar en la persona del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Augusto Tenorio Benavides, Cónsul General del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América, las facultades sufi cientes para suscribir en representación de la República del Perú, los documentos referidos a esa inscripción; De conformidad con el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores del 28 de diciembre de 1992 el Decreto Supremo Nº 517 del 5 de noviembre de 1954 y el artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE. Artículo 1°.- Delegar en la persona del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Augusto Tenorio Benavides, Cónsul General del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América, las facultades sufi cientes para suscribir en representación de la República del Perú los documentos concernientes a la inscripción del “Registration Statement”, en la SEC. Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Augusto Tenorio Benavides, Cónsul General del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 440855-11 SALUD Aprueban modificación de la Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final del Estatuto de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2009-SA Lima, 29 de diciembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Vista la Carta Nº 003-2009 DE CNT/CRP, presentada por la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, mediante la cual solicita la aprobación de la modifi cación de su Estatuto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Decreto Supremo Nº 00429-74-SA, establece que los Estatutos de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja deben ser aprobados por Resolución Suprema; Que, por Resolución Suprema Nº 006-2005-SA se aprobó el Estatuto de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja; Que, mediante el documento de visto, el Consejo Nacional Transitorio y el Director Ejecutivo de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, comunican que en Asamblea Estatutaria llevada a cabo el 28 de junio de 2009, se aprobó la modifi cación de la Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final de su Estatuto vigente; De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE. Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación de la Primera y la Segunda Disposición Transitoria y Final del Estatuto de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, aprobado por Resolución Suprema Nº 006-2005-SA, con el siguiente texto: “Primera.- La Cruz Roja Peruana y sus Asociados se sujetarán en lo no previsto por el presente Estatuto a las Disposiciones de la Federación Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, del Comité Internacional de la Cruz Roja, de los órganos estatutarios del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y supletoriamente por las normas del Estado Peruano.” “Segunda.- En caso de confl icto interno, éste podrá ser denunciado o impugnado internamente y resueltos por las instancias propias de la Institución, que de continuar las discrepancias, las partes se someterán al fuero del Comité de Cumplimiento y Mediación de la Federación Internacional, siendo sus determinaciones vinculantes y de pleno cumplimiento. Toda controversia o confl icto que surja al interior de la asociación, entre la asociación y los asociados, entre los órganos de administración de la asociación, cualquiera que sea su confi guración estatutaria y los asociados, o entre cualquiera de los anteriores, se resolverá defi nitivamente mediante arbitraje de derecho por un tribunal arbitral. Todas las impugnaciones de acuerdos sociales o decisiones adoptadas en una misa asamblea o por el consejo nacional y basadas en causas de nulidad o anulabilidad se sustanciarán y decidirán en un mismo procedimiento arbitral.” Artículo 2°.- La presente Resolución será refrendada por los Ministros de Defensa y de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL REY REY Ministro de Defensa OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 440855-6