Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

Que, el articulo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud debe disenar, redisenar y mejorar continuamente el MORDAZA Seguro Integral de Salud; Que, el literal l) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, senala que corresponde a la Jefatura del SIS aprobar el establecimiento de dependencias desconcentradas del SIS en cualquier lugar del territorio de la Republica, determinando su ambito de competencia territorial y funcional; Que, el articulo 34º del precitado Reglamento, senala que las Oficinas Desconcentradas del SIS son las dependencias desconcentradas encargadas de cumplir los objetivos del SIS en el ambito territorial de su competencia, desarrollando los procesos y actividades que por su naturaleza les compete, estando a cargo de un Sub Gerente y dependiendo jerarquicamente de la Jefatura del SIS; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2007-SA establece el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias de aplicacion obligatoria para todos los establecimientos que reciban financiamiento del SIS asi como los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del SIS; Que, la Resolucion Jefatural Nº 051-2006/SIS, aprobo el ordenamiento del ambito de competencia territorial y funcional de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud de MORDAZA y Callao, estableciendo que las ODSIS HNeIE tiene competencia funcional del desarrollo de sus actividades con los Hospitales Nacionales e Institutos Especializados de MORDAZA y Callao del Ministerio de Salud, con excepcion del Hospital Nacional MORDAZA Unanue, entre tanto se tenga vigente el Convenio de Pago por Capitacion suscrito entre la MORDAZA IV MORDAZA Este y el Seguro Integral de Salud; Que, la misma Resolucion Jefatural establecio que la ODSIS MORDAZA Sur tiene una competencia territorial y funcional del desarrollo de sus actividades, dentro del ambito jurisdiccional de la Direccion II MORDAZA Sur, asumiendo dentro de su ambito de competencia funcional, al Hospital MORDAZA Auxiliadora del Distrito de San MORDAZA de Miraflores; Que, la Resolucion Jefatural Nº 130-2006/SIS, amplio los alcances del articulo 1º de la Resolucion Jefatural Nº 051-2006/SIS, estableciendo la competencia territorial y funcional de la ODSIS MORDAZA MORDAZA, ODSIS MORDAZA Norte y ODSIS HNeIE; Que, la misma Resolucion Jefatural establecio que para la ejecucion de las prestaciones de servicios de salud que se brindan a los afiliados al Componente de Aseguramiento Semi Contributivo, denominado Plan G1-SiSalud, incorporado al Seguro Integral de Salud mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-SA, las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud (ODSIS) MORDAZA Sur, MORDAZA Este, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Norte y Callao, tienen dentro de su ambito de competencia territorial y funcional a los Hospitales Nacionales de su jurisdiccion, quedando a cargo de la ODSIS Hospitales Nacionales e Institutos Especializados (ODSIS HNeIE) solo los Institutos Especializados de Salud del MORDAZA, de Ciencias Neurologicas, de Oftalmologia y MORDAZA Perinatal, a partir de la fecha de entrada en vigencia de los Convenios de Prestaciones de Salud con dichas entidades; Que, con Resolucion Jefatural Nº 073-2009/SIS se establecio dentro del ambito de competencia territorial y funcional de la Oficina Desconcentrada del Seguro Integral de Salud de Hospitales Nacionales e Institutos Especializados, tanto del Componente Subsidiado como Semisubsidiado del SIS, al Hospital Nacional MORDAZA Unanue, en adicion a los establecimientos sobre los cuales tenia competencia; Que, en el MORDAZA del desarrollo y operatividad a nivel de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud y de conformidad con los documentos de vistos, resulta necesario, a fin de fortalecer las acciones de gestion, procesos administrativos y operativos que realiza el SIS en coordinacion con los establecimientos del tercer nivel de atencion de MORDAZA y Callao, integrar funcionalmente el Componente de Aseguramiento Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, establecido mediante Decreto Supremo Nº 004-2007-SA, al ambito de competencia funcional y territorial de la ODSIS Hospitales Nacionales e institutos Especializados;

Con el visto MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y de la Oficina de Asesoria Juridica; y De conformidad a lo establecido en el inciso i) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer el ordenamiento de los ambitos de competencia territorial y funcional de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud, como sigue: ODSIS HNeIE.- Tendra competencia territorial en MORDAZA y Callao y competencia funcional en los Hospitales Nacionales e Institutos Especializados de MORDAZA y Callao abajo listados siendo responsable de la produccion total de dichos establecimientos de salud, comprendiendo los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado. Los establecimientos de salud de competencia funcional de esta ODSIS incluyen: 1. Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas 2. Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas 3. Instituto Nacional de Oftalmologia 4. Instituto Nacional de Salud del MORDAZA 5. Instituto Nacional MORDAZA Perinatal 6. Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA 7. Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA 8. Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. Hospital Nacional Docente MORDAZA MORDAZA San MORDAZA 10. Hospital Nacional Dos de MORDAZA 11. Hospital Nacional MORDAZA Unanue 12. Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA 13. Hospital MORDAZA MORDAZA 14. Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA 15. Hospital de Emergencias Pediatricas 16. Hospital MORDAZA Auxiliadora Otras ODSIS.- Tendran la competencia funcional y territorial de los establecimientos de salud que se encuentren dentro de su jurisdiccion con excepcion del parrafo anterior. Articulo 2º.- Aprobar la fecha de corte administrativo al 31 de diciembre de 2009, estableciendose que a partir del 01 de enero de 2010, los puntos de digitacion entregaran la informacion respectiva de acuerdo a los formatos establecidos segun el reordenamiento senalado en el Articulo 1º. Articulo 3º.- El ingreso de prestaciones realizadas MORDAZA de la fecha de corte administrativo se autoriza hasta el 31 de marzo de 2010 para lo que la Oficina de Informatica y Estadistica realizara las adecuaciones necesarias. Articulo 4º.- El Representante de la ODSIS HNeIE se encargara de coordinar con los Representantes de las ODSIS y los Directores de los establecimientos de salud involucrados en el reordenamiento jurisdiccional. Articulo 5º.- La presente Resolucion Jefatural es de observancia obligatoria para las Gerencias y Jefaturas de la Sede Central y Oficinas Desconcentradas del SIS las que deberan tomar las medidas correspondientes para el eficaz cumplimiento de lo dispuesto. Articulo 6º.- Dejar sin efecto las disposiciones legales que se opongan a la presente Resolucion. Articulo 7°.- Encargar a la Secretaria General coordinar con la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y con la Oficina de Informatica y Estadistica, la publicacion de la misma en la pagina Web del MORDAZA del SIS, www. sis.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud

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