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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de enero de 2009 389222 Administración y Finanzas, el funcionario competente para suscribir ese tipo de contratos, tomado en consideración lo establecido en el Numeral 7.5.2 de la Directiva acotada en el párrafo precedente, que establece como responsabilidad de la indicada Oficina, a través, de su Unidad de Tesorería: “(…) Recepcionar los ingresos y efectuar los depósitos por la venta de los bonos de estacionamiento vehicular (…)”; Que, por otro lado, mediante Informe Nº 019-2009- MDL/OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica indica no tener observación, por tratarse de una modificación de orden técnico y manejo exclusivo de la Unidad de Recaudación y Control, respecto a la propuesta contenida en el Informe Nº 002-2009-MDL-OAT de fecha 15 de Enero del 2009, emitido por la Oficina de Administración Tributaria, planteando la sustitución del Formato 01 denominado “Planilla Diaria” Entrega de Boletaje y Liquidación de Recaudación, por el Anexo 01.1 denominado “Hoja de Liquidación de Comisionistas por Zonas - Planilla Semanal” y Anexo 01.2 denominado ““Hoja de Liquidación de Comisionistas - Planilla Diaria”; Que estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car la Directiva “Gestión y Manejo de la Tasa de Estacionamiento Vehicular, aprobada por Decreto de Alcaldía Nº 10-2008-ALC- MDL, incluyéndose la Disposición Complementaria cuya redacción es la siguiente: “Entendiéndose que el contrato de abonado tiene como objeto el alquiler de espacios de parqueo vehicular, los mismos serán suscritos en representación de la Municipalidad por el Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas”. Artículo Segundo.- Sustitúyase el Formato 01 denominado “Planilla Diaria” - Entrega de Boletaje y Liquidación de Recaudación, parte integrante de la Directiva “Gestión y Manejo de la Tasa de Estacionamiento Vehicular”, por el Anexo 01.1 denominado “Hoja de Liquidación de Comisionistas por Zonas - Planilla Semanal” y Anexo 01.2 denominado ““Hoja de Liquidación de Comisionistas - Planilla Diaria”; según los formatos que se adjuntan al presente Decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Administración Tributaria, y Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 304908-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen la realización del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2009 en el distrito de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 385-MDMM Magdalena del Mar, 16 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 01 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es función específi ca de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestación de los servicios públicos esenciales, como es el caso del Registro Civil; Que, las Municipalidades dentro de su política de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la unidad familiar como célula básica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante Informe Nº 001-09-DRRCC/ MDMM, de fecha 06 de enero del 2009, propone la realización del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2009; Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2009” el día 14 de Febrero del 2009 a horas 12:00 pm, estableciéndose como plazo máximo de presentación de expedientes el día 31 de enero del 2009. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contrayentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil Comunitario 2009 abonen como pago por Apertura de Expediente Matrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) y por examen prenupcial el monto de S/. 25.00 (Veinticinco y 00/100 nuevos soles) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberán presentar los siguientes documentos: - Partidas de Nacimiento certifi cadas de ambos contrayentes - Copia autenticada por Fedatario de la Municipalidad de los documentos de identidad DNI vigente con la constancia del último sufragio, CIP, Pasaporte o Carnet de Extranjería, según sea el caso, debiendo mostrar los originales - Una fotografía tamaño carnet y/o pasaporte por cada contrayente. - Certifi cado Médico Prenupcial extendido por la Municipalidad. - Declaración Jurada simple de residir en el distrito. - Copia simple de los documentos de identidad de dos testigos, quienes deberán ser mayores de edad, familiares o amigos, y que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años, los cuales deberán mostrar sus documentos de identidad originales. Los viudos, divorciados, menores de edad y extranjeros que deseen participar de este PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2009, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, según sea el caso. Artículo Cuarto.- Las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio, serán incluidas dentro de la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2009, para lo cual será de aplicación lo normado por la Ordenanza N° 243-MDMM en lo que sea aplicable. Artículo Quinto.- EXONERAR a los contrayentes participantes en el primer Matrimonio Civil Comunitario 2009, de las tasas correspondientes a la dispensa de la publicación de sus Edictos Matrimoniales. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a los Departamentos de Registros Civiles y de Imagen Institucional de esta Municipalidad, quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con los fi nes encargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 304059-1