Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2009 (24/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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Establecen topes para la determinacion de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 386-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 16 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 01 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC, se introducen nuevos criterios para la distribucion del costo de los Arbitrios Municipales, los que han ocasionado una reestructuracion del monto de los arbitrios que venian pagando los Administrados; Que, mediante Ordenanza Nº 380-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre del ano 2008, se establece el monto por concepto de Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2009, y en este sentido se determino que el costo de los mismos para este ejercicio respecto al ejercicio anterior se incrementa en forma general en 35.07%. Que, considerando que el MORDAZA de ajuste de las nuevas tasas de los arbitrios municipales debe ser gradual, es necesario establecer topes a la determinacion de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica y Parques y Jardines y Serenazgo, por los incrementos que pudieran resultar a efectos de no vulnerar la economia de los contribuyentes; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Los montos a ser determinados a los contribuyentes por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2009 se calcularan considerando un tope MORDAZA de 15.40%, respecto de los montos determinados para el ano 2008, aplicandose en todo lo demas lo dispuesto en la Ordenanza Nº 246-06MDMM, considerando para tal efecto las caracteristicas del predio al 01 de enero del 2009. Asimismo, para el presente ejercicio, se debera considerar el valor de la Unidad Impositiva Tributaria de S/.3.550,00 nuevos soles. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y al Departamento de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Disponen embanderamiento obligatorio de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2009-MDP/A
MORDAZA, 21 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son los organos de gobierno local, tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 30 de Enero del presente ano, se conmemora los 476° anos del "Encuentro de dos Culturas"; por la llegada de los espanoles al MORDAZA Sagrado de MORDAZA, el cual MORDAZA el inicio del sincretismo cultural y religioso producto de la fusion y mezcla de culturas, costumbres, tradiciones y religiones, entre MORDAZA naciones. Que, es deber del vecindario de MORDAZA en tan magna fecha tener las fachadas de su viviendas y locales limpios. Que, ante este importante acontecimiento, es deber del Gobierno Local estimular la Participacion Ciudadana con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; Estando a las atribuciones conferidas en el articulo 20° numeral 6° y 42° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL OBLIGATORIO de los inmuebles del distrito de MORDAZA, desde el 23 de Enero al 06 de Febrero de 2009, con motivo de conmemorarse el 476° anos del Encuentro de dos culturas. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los propietarios de viviendas y locales publicos y privados, procedan a la limpieza de las fachadas de sus respectivos inmuebles con ocasion de la celebracion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la presente y a la Gerencia de Servicio a la MORDAZA dar el estricto cumplimiento al presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

304665-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ratifican monto de dietas de regidores para el ano 2009
ACUERDO DE CONCEJO N° 001-MSI
San MORDAZA, 7 de enero de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha; y

304055-1

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