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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2009 (24/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de enero de 2009 389221 Que, el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su inciso 9) establece que corresponde al concejo municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas y arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos en la Ley; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, a cobrar por dichos servicios un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 064-2008-MDC, publicada el 26 de enero del 2008, se fi jaron los montos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y distribución a domicilio para el ejercicio 2008; Que, los costos determinados por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y distribución a domicilio para el ejercicio 2008, no han sufrido modifi cación alguna, por lo que serían de aplicación para el ejercicio 2009; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por UNANIMIDAD, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR CONCEPTO DE DERECHO DE EMISIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2009 Artículo 1º .- Establecer que por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y distribución a domicilio correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, se cobre el monto vigente de la Ordenanza Nº 064-2008- MDC, y que es el siguiente: • Emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y distribución a domicilio: S/. 4.06 (Cuatro y 06/100 Nuevos Soles). Dicho monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2009. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y a la Jefatura de Logística e Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 304439-3 MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 227-MDL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2009-MDL-ALC Lince, 16 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Memorándum N° 024-2009-MDL-OAT de la Ofi cina de Administración Tributaria, el Informe Nº 015-2009-MDL/ OAJ y el V°B° de la Gerencia Municipal: CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza N° 227-MDL de fecha 10 de diciembre del 2008 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de diciembre de 2008, se estableció en la Jurisdicción de Lince, el Benefi cio de Regularización y Pronto Pago de Deudas Tributarias por 15 días calendario; Que asimismo la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 227-MDL faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, asimismo para establecer la prórroga de este Benefi cio de ser el caso. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 13-2008-MDL- ALC de fecha 24 de diciembre de 2008 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2008, se amplió el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 227-MDL hasta el 17 de enero de 2009; Que, al haber recibido innumerables pedidos de contribuyentes, solicitando ampliación de los plazos establecidos, a efecto de que cumplan con la cancelación de sus deudas tributarias, y siendo política de la actual Administración Municipal, otorgar a sus contribuyentes las máximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 227-MDL hasta el 31 de Enero de 2009. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información Proceso y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 304904-1 Modifican la Directiva “Gestión y Manejo de la Tasa de Estacionamiento Vehicular” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2009-ALC-MDL Lince, 21 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: Informes Nros. 008 y 019-2009-MDL/OAJ de fecha 8 y 16 de Enero del 2009, respectivamente, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 10-2008- ALC-MDL de fecha 19 de Agosto del 2008 se aprobó la Directiva “Gestión y Manejo de la Tasa de Estacionamiento Vehicular“; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 008-2009-MDL/OAJ precisa que en el Decreto de Alcaldía Nº 10-2008-ALC-MDL no se ha delegado en un funcionario la facultad para la suscripción de los contratos con los abonados, por cuanto, sugiere que sea el Jefe de la Oficina de