Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2009 (08/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390523

humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el inciso 1) del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la MORDAZA, como uno de los mas importantes al senalar que: "toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica"; Que, el inciso 22) del articulo 139° de la Constitucion Politica del Peru, establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, la MORDAZA de Tratamiento Nº 30-08, emitida por el area de salud del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, en la prevencion y control de Tuberculosis, de fecha 15 de MORDAZA de 2008, senala que el interno presenta Tuberculosis Pulmonar XDR (Extremadamente - Resistente); Que, la MORDAZA Medica, emitida por el Ministerio de Salud del Centro de Salud "El Porvenir", de fecha 3 de MORDAZA de 2008, se aprecia que el solicitante ingreso al programa de control de Tuberculosis el 19 de MORDAZA de 2005; Que, el Informe Medico, emitido por el area de salud del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, de fecha 6 de octubre de 2008, presenta como diagnostico: Tuberculosis pulmonar XDR; Que, el caso del referido interno, por la patologia que presenta y el continuo riesgo al que se ve expuesto por la falta de atencion especializada, cumple los requisitos establecidos en los numerales 2) y 4) del articulo 22º y 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave y cronica, hacen que la continuidad de la ejecucion penal pierda todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial N° 009-2008-JUS y el articulo 1º y los incisos 8) y 21) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones conceder Indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE:

Que, de conformidad con el articulo 1° de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el inciso 1) del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la MORDAZA, como uno de los mas importantes al senalar que: "toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica"; Que, el inciso 22) del articulo 139° de la Constitucion Politica del Peru, establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, el Informe Medico, emitido por el area de salud del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, de fecha 03 de Octubre de 2008, senala que el interno presenta una Tumoracion en el paladar que de acuerdo a la patologia que presenta se trata de una neoplasia maligna de mal pronostico; Que, el Acta de Junta Medica Penitenciaria N° 449-2008INPE/EP LURIGANCHO, emitida por el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, de fecha 03 de octubre de 2008, senala como diagnostico: Tumoracion paladar: carcinoma epidermoide medianamente diferenciado (por biopsia); Que, el caso del referido Interno, por la patologia que presenta y el continuo riesgo al que se ve expuesto por la falta de atencion especializada, cumple los requisitos establecidos en los numerales 2) y 4) del articulo 22° y 23° de la Resolucion Ministerial N° 193-2007-JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como e! presente, de personas con enfermedad grave y cronica, hacen que la continuidad de la ejecucion penal pierda todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial N° 193-2007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial N° 009-2008-JUS y el articulo 1 ° y los incisos 8) y 21) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones conceder Indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno, MORDAZA DAGA, DARWIN MORDAZA o DARWIN VALERINO, MORDAZA MORDAZA o DARWIN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 310920-8 RESOLUCION SUPREMA N° 032-2009-JUS MORDAZA, 7 de febrero de 2009 Visto el Informe Humanitario N° 475-2008 de fecha 17 de diciembre de 2008, con recomendacion favorable de la Comision de indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho;

Articulo 1°.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 310920-9

PRODUCE
Delegan en el Director General de la Oficina General de Administracion la facultad de ejercer la representacion legal del Ministerio para conciliar, transigir o desistirse de acciones judiciales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 058-2009-PRODUCE MORDAZA, 5 de febrero de 2009

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