Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2009 (08/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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de los supuestos senalados en el articulo 3º y si cumple con todos los requisitos senalados en el articulo 6º de la presente MORDAZA, para que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones asuma los costos y gastos del MORDAZA arbitral. Articulo 9.- Disponibilidad presupuestal En caso que la solicitud presentada por el sujeto pasivo sea favorable, el organo competente de evaluarla, debera comunicar tal situacion a la dependencia encargada de los aspectos presupuestales, a efectos de verificar la existencia de disponibilidad presupuestal que permita cubrir los costos y gastos de los arbitrajes. Articulo 10.- Fin del procedimiento El procedimiento concluira con la decision que emita el organo competente, la misma que debe ser expedida dentro de los 10 (diez) dias habiles computados desde la MORDAZA de la solicitud. Dicho plazo incluye la notificacion al sujeto pasivo. Articulo 11.- Recurso de apelacion Contra la decision emitida por el organo que evaluo la solicitud, procede recurso de apelacion, el cual debe ser resuelto por el superior jerarquico dentro de los 30 (treinta) dias habiles siguientes de haber presentado el recurso. Dicha decision agota la via administrativa. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Control posterior En caso que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones MORDAZA asumido el pago de los costos y gastos de un MORDAZA arbitral y posteriormente se determina que el peticionante ha presentado o declarado informacion falsa, el organo competente debera poner en conocimiento del Procurador Publico tales hechos, a efectos que inicie las acciones legales correspondientes por los perjuicios ocasionados al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Segunda.- Supletoriedad En todo lo no previsto en la presente MORDAZA, rige supletoriamente lo dispuesto en la Ley N° 29171, Ley que establece medidas para agilizar el procedimiento de expropiacion de los inmuebles afectados por la ejecucion de obras publicas de infraestructura de gran envergadura; y, la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones. 310860-1

Autorizan viaje de funcionaria a Colombia para participar en la Primera Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Union Europea y los Paises Andinos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 112-2009 MTC/03 MORDAZA, 6 de febrero de 2009 VISTO: El Informe N° 031-2009-MTC/26 y Memorandum N° 115-2009-MTC/26 de fecha 04 de febrero de 2009, de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil Circular N° 19-2009MINCETUR/VMCE/DNINCI de fecha 14 de enero de

2009, el senor MORDAZA Brandes, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunico al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que la Primera Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Union Europea y los Paises Andinos, se llevara a cabo en la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 09 al 13 de febrero de 2009; Que, la asistencia de un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Primera Ronda de Negociaciones MORDAZA mencionada, tiene como objetivo, lograr suscribir un Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad MORDAZA y la Union Europea, y en el que se abordaran temas relacionados con los servicios postales y de mensajeria, regulacion de practicas anticompetitivas, servicio universal, el regimen de titulos habilitantes, entre otros; Que, se ha visto por conveniente la participacion de la senora MORDAZA Carreno MORDAZA, Directora General de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, para asistir al mencionado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion, con fecha 05 de febrero de 2009, emitio la Certificacion de Credito Presupuestario N° 00925 y N° 00929, de conformidad con lo establecido en el articulo 77° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto;. Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley N° 27619; Que, el numeral 9.3 del articulo 9° de la Ley N° 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otros; Que, dado que el presente viaje se efectuara para negociar el Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad MORDAZA y la Union Europea, corresponde se autorice mediante Resolucion Ministerial, conforme a las normas citadas precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y la Ley N° 29289; SE RESUELVE: Articulo 1 °.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Carreno MORDAZA, Directora General de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 09 al 12 de febrero de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ 420.12 US $ 800.00 US $ 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la funcionaria

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