TEXTO PAGINA: 30
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de febrero de 2009 390540 MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO RUIZ DÍAZ Viceministro de Comunicaciones 310831-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Modifican Res. Nº 090-2008/SBN-GO- JAR que dispuso primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en la provincia de Barranca JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 018-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 30 de enero de 2009 Visto el Expediente Nº 088-2008/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolución Nº 090-2008/SBN-GO-JAR de fecha 30 de mayo de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 090-2008/SBN-GO- JAR, de fecha 30 de mayo de 2008, se dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 248 746,32 m², ubicado en la explanada y ladera del cerro s/n, que circunda al Barrio Marginal El Porvenir Buenos Aires - Nueva Victoria Parcela 1, en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, con Título Nº 5260 de fecha 10 de julio de 2008, se solicitó la inscripción de la Resolución Nº 090- 2008/SBN-GO-JAR, el cual fue observado por cuanto el predio se encuentra comprendida parcialmente en el área inscrita en la Partida Nº 80087220 del Registro de Predios de Barranca, a favor de la señora Delia Isabel Nuñez de Cavero; Que, en atención a lo expuesto en el considerando que antecede, se procedió a la exclusión del área inscrita a favor de terceros, quedando un área de 248 546,60 m² que se encontraría libre de inscripción, por lo que mediante Ofi cio Nº 10764-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 03 de noviembre de 2008, se solicitó a la Zona Registral IX - Sede Barranca, expida el Certifi cado de Búsqueda Catastral del mismo; Que, mediante Ofi cio Nº 005-2008-SUNARP Z.R.Nº IX/BAR, de fecha 06 de enero de 2009, la Zona Registral IX - Sede Barranca remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 29 de diciembre del 2008, en base al Informe Técnico Nº 10038-SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 19 de noviembre de 2008, en el que concluye que la citada área se ubica en zona donde no se aprecia información de antecedente registral; Que, el numeral 201.01 del Artículo 201º de la Ley Nº 27444 “Ley de Procedimientos Administrativos General”, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efectos retroactivos, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión; Que, por las razones antes expuestas es procedente modifi car de Ofi cio la Resolución Nº 090-2008/SBN-GO- JAR, de fecha 30 de mayo de 2008, en razón a que ello no alteraría el contenido ni el sentido de la misma; Que, el inciso s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Nº 131-2001- EF ”Estatuto de la SBN”, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Ley Nº 27444; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0021-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 19 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 1º de la Resolución Nº 090-2008/SBN-GO-JAR de fecha 30 de mayo de 2008, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 248 546,60 m², ubicado en la ladera del cerro que circunda al barrio Marginal “El Porvenir Buenos Aires - Nueva Victoria Parcela 1, distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima, conforme al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución”. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 310843-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundada reconsideración contra la Res. Nº 038-2008-CD/ OSIPTEL, presentada por Telefónica del Perú S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2009-CD/OSIPTEL Lima, 5 de febrero de 2009. EXPEDIENTE : Nº 00004-2008-CD-GPR/AT MATERIA : Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I / RECURSO DE RECONSIDERACIÓN ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A.