Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2009 (08/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

390526

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2009

pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-13070-CM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que al verificarse, que el transferente de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL13070-CM, cuenta con sanciones de multa que no han sido cumplidas en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 0152007-PRODUCE, se determina que la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentado por los senores recurrentes deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 343-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe N° 707-2008PRODUCE/GEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, el Articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y demas normas modificatorias, Ley N° 26920 y normas complementarias, y el Procedimiento N° 6 Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-13070-CM, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 309961-9

Otorgan a Nutrifish S.A.C. autorizacion para instalar una planta de harina de residuos en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 812-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 18 de diciembre del 2008 Visto el escrito de NUTRIFISH S.A.C con Registro N° 86835 del 26 de noviembre del 2008; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial N° 205-2006PRODUCE dispone, entre otros, que el acceso al tratamiento de residuos solidos es a traves de unidades independientes siendo de aplicacion los procedimientos correspondientes a la instalacion y licencia de operacion de plantas de harina residual establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio

de la Produccion. Asimismo aprueba el Limite MORDAZA de capacidad total de instalaciones por MORDAZA costera; Que, la Resolucion Ministerial N° 197-2007-PRODUCE modifica el cuadro de Limites maximos de capacidad total por MORDAZA costera contenido en la R.M. N° 205-2006. PRODUCE y autoriza a las empresas pesqueras que cuenten con Plantas de consumo humano directo y con Plantas de Harina de Pescado a disponer y tratar sus propios residuos solidos, entre otras disposiciones; Que, la Resolucion Ministerial N° 431-2008-PRODUCE modifica el cuadro contenido en el articulo 6° de la R.M. N° 205-2006-PRODUCE, modificado por el articulo 1° de la R.M. N° 197-2007-PRODUCE; Que, de acuerdo al escrito del visto la empresa NUTRIFISH S.A.C. solicita licencia de funcionamiento para su Planta de Harina de Residuos como sistema de tratamiento de residuos solidos al MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 205-2006-PRODUCE; Que, en merito a lo dispuesto en el numeral 3 del Articulo 75° de la Ley del Procedimiento Administrativo General se encausa la solicitud como una autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero; Que, el Protocolo Sanitario para Autorizacion de Instalacion N° PTI-019-08-HA-SANIPES del 19 de noviembre de 2008 emitido por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP en calidad de autoridad competente del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera declara haber examinado y evaluado la Memoria Descriptiva y los Planos del proyecto de instalacion de la Planta de Harina de Residuos de recursos hidrobiologicos de la razon social NUTRIFISH S.A.C. y muestran conformidad con los requerimientos de diseno establecidas en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas promulgada mediante Decreto Supremo N° 040-2001PE; Que, el Certificado Ambiental N° 039-2008PRODUCE/DIGAAP del 18 de junio del 2008 expedido por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria que deja sin efecto el Certificado Ambiental N° 077-2007-PRODUCE/DIGAAP, declara que el Estudio de Impacto Ambiental y la Addenda de justificacion de cambio de ubicacion del proyecto presentado por la empresa NUTRIFISH S.A.C. para instalar una planta de harina residual para el tratamiento de residuos solidos hidrobiologicos que generan las actividades pesqueras de consumo humano directo con una capacidad de 6 t/h en el establecimiento industrial pesquero a ubicarse en la MORDAZA Industrial II, Av. Los Diamantes, Mz C, Lt. 16, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, contiene compromisos de implementacion y optimizacion permanente de las medidas de mitigacion y prevencion de impactos ambientales negativos que pudieran ser ocasionados por el desarrollo de las actividades que seran verificadas previo al otorgamiento de la licencia de operacion correspondiente; Que, Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso N° 068-2008-MPP/DM/DDU/DOPP-ARD del 15 de MORDAZA de 2008 otorgado por la Municipalidad Provincial de Paita extendido a la empresa NUTRIFISH S.A.C. cuyo predio ubicado MORDAZA Industrial II, MORDAZA Los Diamantes, Mz C, Lote 16, del distrito y provincia de Paita, es conforme al cuadro de uso de suelos de la MORDAZA de Paita y resulta COMPATIBLE con el uso solicitado: Planta procesadora de harina residual, y no contraviene los criterios que para dicho efecto debe cumplir con la MORDAZA A. 060 articulo 17 del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE vigente para edificaciones a actividades industriales; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en su Informe N° 745-2008-PRODUCE/DGEPPDch del 03 de diciembre de 2008 y de acuerdo con la opinion de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del Articulo 43°, y los Articulos 44° y 46° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 49° y 52° del Decreto Supremo N° 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.