Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2009 (08/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390539

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 09 AL 15 DE FEBRERO 2009 Y SUSTENTADO EN EL INFORME N° 011-2009-MTC/12.07 Y N° 030-2009-MTC/12
ORDEN INSPECCION Nº VIATICOS (US$) TUUA (US$) US$ 1,200.00 US$ 30.25 RECIBOS DE ACOTACION Nºs

INICIO

FIN

SOLICITANTE INSPECTOR

MORDAZA

MORDAZA

DETALLE

046-2009MTC/12.07

09-Feb 15-Feb

TRANSAER R.A.SA

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

047-2009MTC/12.07

09-Feb 15-Feb

US$ 1,200.00 US$ 30.25

TRANSAER R.A.SA

Soares Yoplack, MORDAZA MORDAZA

Inspeccion tecnica por expedicion de Certificado de Aeronavegabilidad de la aeronave Antonov AN-32B Panama Panama con N/S 3107 y N/S 3109; asimismo inspeccion tecnica de Estacion de linea y base e inspeccion al TMA Inspeccion tecnica por expedicion de Certificado de Aeronavegabilidad de la aeronave Antonov AN-32B Panama Panama con N/S 3107 y N/S 3109; asimismo inspeccion tecnica de Estacion de linea y base e inspeccion al TMA

438-439-440-441442-444-445-446

438-439-440-441442-444-445-446

310918-1

Renuevan autorizacion otorgada a Compania Peruana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en la localidad de MORDAZA ,
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 046-2009-MTC/03 MORDAZA, 2 de febrero de 2009 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2008-010620, del 12 de marzo de 2008, presentada por la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre renovacion de su autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Viceministerial N° 406-2005MTC/03, del 03 de agosto de 2005, se renovo la autorizacion a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. por el plazo de diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Dicha resolucion establece que la vigencia de la autorizacion concluye en el mes de MORDAZA de 2008; Que, con Informe N° 6033-2008-MTC/29.02, del 11 de diciembre de 2008, la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones dio cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 09 y 11 de diciembre de 2008, concluyendo que la estacion de radiodifusion por television comercial en VHF, correspondiente a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., se encuentra tecnicamente apta para continuar operando el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Lima; por lo que, la inspeccion tecnica es favorable; Que, se ha verificado de la Hoja Informativa Nº 00108-2009-MTC/28, del 15 de enero de 2009, que la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., las personas naturales y juridicas que la conforman no tienen adeudos pendientes con este Ministerio, derivados de los servicios de telecomunicaciones; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television;

Que, el articulo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; Que, el articulo 69º del MORDAZA mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal, consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, la frecuencia de operacion autorizada a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. para que preste el servicio de radiodifusion por television en VHF en la MORDAZA de MORDAZA, se encuentra comprendida dentro del Plan de Canalizacion aprobado por Resolucion Viceministerial N° 330-2005-MTC/03, de fecha 3 de MORDAZA de 2005, el cual determina como area de servicio la localidad de Lima; Que, mediante Informe Nº 098-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que, la estacion radiodifusora perteneciente a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando, y que, desde el punto de vista legal, es procedente renovar la autorizacion otorgada a la referida empresa para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, para la localidad MORDAZA, departamento de MORDAZA, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, demas normas complementarias y conexas, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC/03; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 406-2005-MTC/03, a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo de diez (10) anos, que vencera en MORDAZA de 2018, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3°.- La empresa titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-

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