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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de febrero de 2009 390625 VISTOS: El ofi cio Nº 1905-2008-MTPE/2/12.5 del 8 de setiembre de 2008, de la Dirección de Promoción del Empleo y Formación Profesional; los ofi cios Nºs. 3004 y 3227-2008/MTPE/2/12.1 de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima – Callao; los ofi cios Nºs. 009-2008 y 02-2009-MTPE/CMCLDMT del Presidente de la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda de Mercado de Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, se aprobó el Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, disponiendo en su Tercera Disposición Final y Complementaria que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, implementará una Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo para el debido cumplimiento de la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 015-2006-TR del 16 de Enero de 2006, se crea la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo, integrada, entre otros, por dos (02) representantes de la Dirección Nacional de de Promoción del Empleo y Formación Profesional y sus Programas, uno de los cuales presidirá la Comisión; un (01) representante de las Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa; dos (02) representantes de los Programas del Viceministerio de la Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; un (01) representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima – Callao, y un (01) representante de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 2º de la citada Resolución Ministerial, establece que los representantes de los Ministerios conformantes de la Comisión Multisectorial son designados mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2007-TR, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 165-2008-TR, se designó a los representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo; Que, diversos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la referida Comisión Multisectorial han sido desplazados de sus funciones, y otros han formulado renuncia al Sector; Que, asimismo, mediante Ley Nº 29271, se transfi ere al Ministerio de la Producción las competencias y funciones sobre micro y pequeña empresa, previstas en la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, y por convenir al servicio, corresponde emitir el acto administrativo que designe a los nuevos representantes del Sector, ante la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos los artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 015-2006-TR, que crea la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 096-2007-TR del 3 de abril de 2007, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 165-2008-TR del 3 de junio de 2008, en los siguiente términos; “Artículo 1º.- Designar, como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo, creada por Resolución Ministerial Nº 015-2006-TR, a los siguientes servidores: • TOMÁS ALEJANDRO FLORES NORIEGA, Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, quien actuará como Presidente; • ROGER CARLOS HONORES GOICOCHEA, Sub Director de Promoción y Desarrollo de la Formación Profesional; como representante de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; • FRANK MARTÍN TADEO CASTRO BÁRCENAS, Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral PRO Joven; • CRISTIAN LEÓN VILELA, Secretario Ejecutivo del Programa Construyendo Perú; • ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO, Directora de Promoción del Empleo y Formación Profesional de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima – Callao; y, • KATIA IVONE PASCO ARRÓSPIDE, abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica.” Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 311811-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2009-MTC/02 Lima, 3 de febrero de 2009 VISTOS: El Informe Nº 031-2009-MTC/12 del 22 de enero de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 016-2009-MTC/12.04 del 20 de enero de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;