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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de febrero de 2009 390708 Que, estando a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, a los Artículos 9º, 15º y 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modifi catorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el voto unánime de los miembros integrantes autorizados del Consejo Regional de Apurímac, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar, los Documentos de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Apurímac de conformidad al siguiente detalle: - Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), que comprende 04 Títulos, 06 Capítulos, 41 Artículos, 04 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. - Estructura Orgánica, donde se refl eja los órganos y/o dependencias estructurados. Documentos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, para que implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Publicar y Difundir, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, el Diario Judicial de la región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil ocho. TEODOR HUARACA HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional de Apurímac AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil ocho. DAVID SALAZAR MOROTE Presidente Gobierno Regional de Apurímac 311874-1 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancarama ORDENANZA REGIONAL Nº 037-2008-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC: POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE APURIMAC, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de diciembre del año Dos Mil Ocho, llevada a cabo en la ciudad de Abancay. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales establece que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Numeral 01) del Artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado; Que, el Artículo 15º del Decreto Supremo 043-2006- PCM, señala que los lineamientos para la elaboración y aprobación de los documentos de gestión institucional, del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), del Cuadro de Asignación de Personal (CAP), del Organigrama Estructural, de las funciones de los órganos operativos de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo 043-2006- PCM, establece que los lineamientos para la aprobación del Reglamento y Organizaciones de Funciones (ROF) de las Direcciones Regionales Sectoriales, las cuales se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancarama; es una unidad orgánica que depende en jerarquía de la Dirección Regional de Educación de Apurímac; Que, con Ofi cio Nº 1949-08-ME/GRA/DREA, la Dirección Regional de Educación de Apurímac, solicita la aprobación de los documentos de gestión institucional; Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama Estructural de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancarama; con informe favorable de opinión, recomendándose la aprobación de los documentos de gestión institucional por parte de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática y visto bueno de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y en merito a sus atribuciones, la Comisión Ordinaria de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, ha emitido el dictamen favorable correspondiente; Que, estando a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, a los Artículos 9º, 15º y 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modifi catorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el voto unánime de los miembros integrantes autorizados del Consejo Regional de Apurímac, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar, los Documentos de Gestión Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancarama de conformidad al siguiente detalle: - Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), que comprende 05 Títulos, 04 Capítulos, 24 Artículos, 03 Disposiciones Complementarias y Finales. - Estructura Orgánica, donde se refl eja los órganos y/o dependencias estructurados. Documentos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Dirección Regional de Educación, para que implementen la presente Ordenanza Regional.