Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2009 (14/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de junio de 2009

de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Los Pescadores Nº 586, Manzana E, Lote 1 ­ MORDAZA Industrial 27 de octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Enlatado : 3545 cajas/turno Articulo 2º.- La empresa MARINASOL S.A., debera operar su planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion Nº 005-2009-PRODUCE/ DIGAAP de fecha 24 de marzo del 2009. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2º de la presente Resolucion, seran causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4º.- Incorporar en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, la planta de enlatado de la empresa MARINASOL S.A., con una capacidad instalada de 3545 cajas/turno, conforme a la licencia otorgada por el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 360429-2

De acuerdo al articulo 14º la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, el Estado promueve e incentiva la investigacion y capacitacion pesquera que realizan los organismos publicos, asi como la que provenga de la iniciativa de personas naturales o juridicas del sector privado, cuyos resultados deberan oportunamente difundidos por medios apropiados. Asimismo, la Ley General de Pesca, en sus articulos 43º,44º y 45º, establece que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), otorga a plaza determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera, encontrandose la actividad de investigacion exceptuada del pago de derechos; De acuerdo al articulo 21º y 24º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que para su ejercicio se requerira autorizacion previa del Ministerio de la Produccion, en el caso que se extraiga recursos hidrobiologicos, y la obligacion de presentar los resultados de investigacion al Ministerio y en su caso, al Instituto MORDAZA del Peu (IMARPE) o Instituto Tecnologico Pesquero (ITP). Que mediante el escrito del visto, el Sr. Wilby MORDAZA MORDAZA, representante legal de la Minera Yanacocha S.R.L, solicita autorizacion para efectuar investigacion pesquera con extraccion de especimenes hidrobiologicos mediante el desarrollo del proyecto "Monitoreo de MORDAZA acuatica en el ambito de influencia del proyecto Conga", orientado al monitoreo biologico y caracterizacion de las comunidades acuaticas, presentes en el ambito de influencia del Proyecto Conga, cabe mencionar que dicho proyecto ha sido revisado por el Instituto MORDAZA del Peru-Unidad de Investigaciones de Recursos en Aguas Continentales, dando sus recomendaciones para perfeccionar el proyecto. Estando a lo informado, por la Direccion de Consumo Humano Directo de l Direccion general de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de su informe Nº 2282009-PRODUCE-Dch del 23 de MORDAZA de 2009 y con opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 357-2007-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., efectuar la investigacion mediante el desarrollo del proyecto "Monitoreo de MORDAZA acuatica en el ambito de influencia del Proyecto Conga", con extraccion de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, en las quebradas ubicadas en las subcuencas de Nun Nun (Mamacocha), Quebrada Rio Grande (Callejon y Chailhuagon), Rio Chugurmayo (Chugurmayo), Rio Jadibamba (Rio Grande y Lluspioc), Rio Unigan (Chirimayo, Rio Hanru, Tingo y Agua Blanca) y Rio Sendamal (Pachacuyo), de la provincia de Celendin en el departamento de Cajamarca; con el fin de caracterizar las comunidades acuaticas y levantamiento de las condiciones limnologicas, presentes en el ambito de influencia del Proyecto Conga, por un plazo de doce (12) meses calendarios. Articulo 2º.- El plazo a que se refiere el articulo precedente, se contara a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente resolucion y podra gestionar autorizacion por otros plazos similares, previa MORDAZA de los resultados del trabajo desarrollado, asi como las publicaciones que se deriven de la investigacion realizada. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral al IMARPE, a la Direccion Regional de Produccion MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 360429-5

Autorizan a Minera Yanacocha S.R.L. efectuar investigacion mediante el desarrollo del proyecto "Monitoreo de MORDAZA acuatica en el ambito de influencia del Proyecto Conga"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 408-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 5 de junio del 2009 Visto los registros Nº 00093429 de fecha 30 de diciembre del 2008 y Adjunto 1 de fecha 20 de marzo 2009 presentados por el senor Wilby MORDAZA MORDAZA, representante legal de la Minera Yanacocha S.R.L, solicita autorizacion para efectuar la investigacion pesquera con extraccion de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, mediante el desarrollo del proyecto "Monitoreo de MORDAZA acuatica en el ambito de influencia del proyecto Conga" CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, dispone que el Estado fomenta la mas amplia participacion de personas naturales y Juridicas en la actividad pesquera y propicia la inversion extranjera con la sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efecto, el estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion (...) de los recursos hidrobiologicos.

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