Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2009 (26/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

398116

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de junio de 2009

Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Edelnor S.A.A. (en adelante "EDELNOR"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4º de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia, no habiendo ninguna empresa manifestado su intencion de incorporarse al procedimiento al MORDAZA del Articulo 4.3 de la Ley; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0292009-OS/CD, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministro de Energia Electrica para EDELNOR en primera convocatoria y, posteriormente, con Resolucion OSINERGMIN Nº 042-2009-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas de la referida licitacion; Que, el dia 26 de marzo de 2009 se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro; como consta en el acta respectiva, se presentaron propuestas que superaron el Precio MORDAZA establecido por OSINERGMIN, por lo que el Comite de Adjudicacion declaro desierto en forma total el MORDAZA, revelando el mencionado Precio Maximo; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0692009-OS/CD, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministro de Energia Electrica para EDELNOR en MORDAZA convocatoria y, posteriormente, con Resolucion OSINERGMIN Nº 078-2009-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas de la referida licitacion; Que, el dia 03 de junio de 2009 se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro; como consta en el acta respectiva, se presentaron propuestas que superaron el Precio MORDAZA establecido por OSINERGMIN, por lo que el Comite de Adjudicacion declaro desierto en forma parcial el MORDAZA, revelando el mencionado Precio Maximo; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 11º de la MORDAZA Lineamientos, solo en el caso que se MORDAZA revelado el Precio MORDAZA de Adjudicacion, se convocara a una nueva licitacion por la parte declarada desierta en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias. Asimismo, las modificaciones que se requieran a las Bases seran propuestas por el licitante para la aprobacion de OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias de haberse efectuado el Acto de Adjudicacion de la Buena Pro; Que, con fecha 06 de junio de 2009, se recibio la carta GRyGE-140-2008 con la propuesta de Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la empresa EDELNOR; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 053-2009-OS/ CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2010; Que, se han emitido el Informe Nº 0253-2009-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 0254-2009-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion EDELNOR; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo

General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2º:
Factores Nodales de Potencia 1,0000 1,0000 1,0000 0,9976 Factores Nodales de Energia Horas Horas Fuera de Punta Punta 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 0,9961 0,9961

Punto Suministro

MORDAZA de Entrega y Medicion MORDAZA 212 kV MORDAZA MORDAZA 212 kV MORDAZA MORDAZA 60 kV Ventanilla 213 kV

MORDAZA Norte

Articulo 2º.- Aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Edelnor S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 365302-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se confirma todos los extremos de la Resolucion Nº 2672-2008/INDECOPILAM, del 31 de MORDAZA de 2008, emitida por la Comision de la Oficina Regional del INDECOPI de MORDAZA, que hallo responsable al notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la infraccion al Art. 5º literal d) del D. Leg. Nº 716, al haberse acreditado que restringia las modalidades de constitucion de garantias mobiliarias reconocidas por ley, limitando la posibilidad que los usuarios pudieran efectuar dicha constitucion a traves de una forma distinta a la escritura publica
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 RESOLUCION N° 0947-2009/SC2-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 0014-2008/CPC-INDECOPI-LAM PROCEDENCIA : COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.