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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (26/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de junio de 2009 398132 La empresa o las empresas integrantes del Consorcio, califi cados como interesado, deberán acreditar los siguientes requisitos de precalifi cación, según corresponda: DE LA CAPACIDAD TÉCNICA 1. En Construcción La Empresa Constructora o el Consorcio Constructor deberán acreditar contar con una experiencia mínima de cinco (05) años como constructora y haber construido un almacén de dimensiones mínimas de 2,000 m2, o en su defecto mantener contrato vigente para dicha construcción, en calidad de socio o contratado. Si la empresa participó en un Consorcio contratado para el requisito señalado, debe acreditar haber participado al menos en el 20% del Capital Social de dicho Consorcio. 2. En Operación Logística de medicinas y material médico La empresa o uno de los integrantes del consorcio, de al menos 25% de accionariado, deberá de cumplir los siguientes requisitos que deberán ser acreditados en sus operaciones al cierre del 2007 con excepción del punto (a): a. Acreditar un mínimo de cinco (5) años de experiencia como operador logístico2. b. La dirección y administración de un almacén y un sistema de distribución de medicamentos y material médico con al menos 30,000 ítems despachados al mes. c. La gestión del fl ujo de medicamentos y material médico por un valor de US$ 50’000,000 (cincuenta millones de dólares) anuales. d. La gestión directa o a través de una cadena de farmacias para la dispensación con al menos 100 (cien) puntos. e. La dirección y administración del abastecimiento de medicamentos y material médico a una oferta de servicios hospitalarios de al menos 200 (doscientas) camas en un único centro de atención y 500 (quinientas) camas acumulados en la totalidad de centros. f. Uso de software logístico en el desarrollo de sus operaciones. Si la empresa que acredita la experiencia como operador especialista en logística de insumos médicos lo hace como parte de un consorcio con experiencia en dicho rubro, deberá acreditar tener el control efectivo del consorcio o de la operación3 3. De la Capacidad Económica - La Empresa, el Consorcio o los integrantes de éste, deberán contar con una capacidad de endeudamiento de S/. 20’000,000 (veinte millones de soles) o disponer de los mencionados recursos. - La Empresa, el Consorcio o los integrantes de éste, deberán contar con un patrimonio no menor a US$. 1’000,000 (un millón de dólares americanos) pudiendo acreditarse la suma de los patrimonios de dichos integrantes. 4. De los requisitos a la fecha de la Adjudicación - En caso de adjudicación, el adjudicatario deberá tener al menos 50% del accionariado de la Sociedad Operadora a crearse manteniendo a lo largo del desarrollo del CONTRATO el control, dirección y administración de la sociedad. Para ello, deberá presentar una declaración jurada de compromiso de concretar este requerimiento, debiendo presentar en el concurso la documentación sustentatoria que corresponda. - En caso de adjudicación, el adjudicatario deberá considerar que la Sociedad Operadora deberá contar con un capital mínimo a la fecha de suscripción del contrato equivalente al 10% de la Inversión Referencial para el inicio de actividades. Para ello, deberá presentar una declaración jurada de compromiso de concretar este requerimiento debiendo presentar en el concurso la documentación sustentatoria que corresponda. 5. Del Domicilio - La Empresa o Consorcio deberá tener domicilio legal propio o de su representante dentro de la ciudad de Lima. 6. De la Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta: Tiene como objeto asegurar que la Empresa o el Consorcio, asegure la validez, vigencia y seriedad de su propuesta, tal como lo hace el promotor de la presente Iniciativa Privada. XIII. Factor de Competencia. Para la determinación del factor de competencia, primeramente se ha defi nido el monto base el mismo que está integrado por las siguientes componentes: A. RPI-I (Infraestructura) B. RPI-E (Equipamiento) C. RPMO-CH (Dispensación en Servicios Hospitalarios) D. RPMO-CE (Dispensación en Consulta Externa) E. RPMO-AD (Almacenamiento y Distribución) F. RPS (Retribución por Servicios) A. RPI-I (Infraestructura).- Corresponde a la alícuota anual del monto de la inversión a ser pagada durante el plazo de 8 años. Su forma de estimación se describe a través de la siguiente fórmula: ) ,8, ( ctura Infraestru VR k Pago ctura Infraestru RPI   Donde: - Pago, es la función de MS Excel para estimación de anualidades. - K, es la tasa anual de descuento económica (9.5%), la misma que se estima a partir de una tasa de fi nanciamiento de 8% más un margen de 1.5%. - VR-Infraestructura, es el valor referencial de la inversión en infraestructura considerado al mes doce (12) de iniciada la obra. B. RPI-E (Equipamiento).- El RPI-Equipamiento por su parte está integrado por la alícuota del monto de inversión en equipamiento con una vida útil de 8 años (Grupo I) la misma que será pagada en un plazo de ocho (8) años; la alícuota del monto de inversión en equipamiento con una vida útil de cinco (5) años (Grupo II) la misma que será pagada en un plazo de cinco (5) años y la alícuota del monto de inversión en equipamiento con una vida útil de tres (3) años (Grupo III) y que será pagada en un plazo de tres (3) años. El modo de estimación se describe a través de las siguientes fórmulas: ) ,8, ( GrupoI GrupoI VR k Pago E RPI  ) ,5, ( GrupoII GrupoII VR k Pago E RPI  ) ,3, ( GrupoIII GrupoIII VR k Pago E RPI  Donde: - Pago, es la función de MS Excel para estimación de anualidades. - K, es la tasa anual de descuento económica (8.5%), la misma que se estima a partir de una tasa de fi nanciamiento de 8% más un margen de 0.5%. - VR-Grupo I, es el valor referencial de la inversión en equipamiento con una vida útil de diez (10) años. - VR-Grupo II, es el valor referencial de la inversión en equipamiento con una vida útil de cinco (5) años. - VR-Grupo III, es el valor referencial de la inversión en equipamiento con una vida útil de tres (3) años. 2 Para la acreditación de la experiencia, no será posible la sumatoria de años entre empresas distintas. 3 Este control efectivo del consorcio podrá ser acreditado a través del accionariado de la empresa logística en el consorcio o mediante la participación en el directorio.