Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2009 (26/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Distrital de la citada Corte Superior, mediante la cual se aprueba por mayoria el Reglamento de Organizacion y Funciones del referido Organo de Gobierno Distrital; Segundo: Al respecto, el articulo 82°, numeral 29, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial preceptua que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobar el Reglamento de Organizacion Funciones del Poder Judicial y los demas que se requiera; Tercero: Que, estando a la atribucion precedentemente senalada, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 070-2002-CE-PJ, de fecha 05 de junio de 2002, aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que cuenten con seis o mas MORDAZA Superiores; habiendose desarrollado en el Titulo MORDAZA, Capitulo III, la institucion de los Consejos Ejecutivos Distritales, los mismos que deberan funcionar en estricta MORDAZA con las prescripciones establecidas en la Ley Organica del Poder Judicial del Poder Judicial; Cuarto: Que, en tal sentido, el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, estando a lo acotado anteriormente, no se encuentra dentro del ambito de competencias del citado organo de gobierno distrital, tanto mas si se considera que de aceptarse dicha decision se estableceria un precedente que en la practica permitiria el desarrollo de reglamentaciones multiples, diferentes y potencialmente contradictorias, segun el criterio de cada Consejo Ejecutivo Distrital; razon por la cual, la Resolucion Administrativa N° 006-2008-CED-CSJLN/PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte deviene en nula, resultando pertinente remitir los presentes actuados al despacho de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz para su evaluacion; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULA la Resolucion Administrativa N° 006-2008-CED-CSJLN/PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, que dispuso la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del citado Organo de Gobierno Distrital. Articulo Segundo.- Remitir los presentes actuados al despacho de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su respectiva evaluacion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, para su conocimiento y nes consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 328111-3

La Carta N° 358-2007/AL/MDCA, cursada por la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; el O cio Nº 1926-2007-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y el O cio Nº 518-2007P-CSJCN-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Canete, y, CONSIDERANDO: Primero: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fecha 10 de agosto de 2006 expidio la Resolucion Administrativa N° 105-2006-CE-PJ, en cuyo articulo primero se crearon con caracter permanente diversos organos jurisdiccionales en las Cortes Superiores de Justicia del pais; siendo el caso que en el Distrito Judicial de Canete se crearon entre otros, un Juzgado Mixto con sede en el distrito de Mala y un Juzgado de Paz Letrado con sede en el distrito de MORDAZA, y con competencia territorial, entre otros, en el distrito de Cerro MORDAZA de la provincia de Canete; Segundo: Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Canete somete a consideracion de este Organo de Gobierno la modi cacion del ambito de competencia territorial del Juzgado Mixto de Mala y el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, con adscripcion del distrito de Cerro MORDAZA a la competencia territorial de los organos jurisdiccionales establecidos en la sede del citado Distrito Judicial; y que conforme aparece de los presentes actuados cuenta con la adhesion de la Sala Plena del referido Distrito Judicial; Tercero: Asimismo, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA solicita que dicho distrito pase a la competencia territorial de los Juzgados Especializados, Mixtos y de Paz Letrados ubicados en el Distrito de San MORDAZA de Canete, sede de la Corte Superior de Justicia de Canete; Cuarto: Que, el fundamento de la peticion que se presenta radica en que la distancia que separa al Distrito de Cerro MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Canete, donde se ubica la sede de la Corte Superior de Justicia, es de 10 km; mientras que la distancia respecto de los distritos de Mala y MORDAZA, donde se ubican los Juzgados Mixto y de Paz Letrado, de los cuales depende jurisdiccionalmente en la actualidad, es de 46 y 36 km, respectivamente; Quinto: En tal sentido, el Informe N° 176-2007SEP-GP-GG-PJ, emitido por la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de incorporar al distrito de Cerro MORDAZA a la competencia territorial de los Juzgados Especializados, Mixtos y de Paz Letrado de la sede de la Corte Superior de Justicia de Canete, tanto porque favorece el acceso de los pobladores a mejores condiciones de economia y de oportunidad, como por el hecho que la carga procesal de dichos organos jurisdiccionales no se MORDAZA afectada signi cativamente; Sexto: Que, la creacion y demarcacion de los Distritos Judiciales, asi como de los organos jurisdiccionales que lo integran, y la modi cacion de sus ambitos de competencia, constituyen actos de politica jurisdiccional que se adoptan considerando principios de e cacia y racionalidad en la prestacion del servicio de imparticion de justicia, lo que conlleva tener en cuenta parametros MORDAZA de accion como el de facilitar el acceso de la poblacion a los organos jurisdiccionales, eliminando los sobre costos asociados y evitando el dispendio de los limitados recursos personales y materiales de la institucion; Setimo: Que, en ese orden de ideas, tales actos de politica jurisdiccional, de conformidad con los numerales 24 y 25 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, se realizan necesariamente teniendo en cuenta las areas geogra cas uniformes, la concentracion de grupos humanos de idiosincrasia comun, los volumenes demogra cos rural y MORDAZA, el movimiento judicial, el indice de litigios, asi como la existencia de vias de comunicacion y medios de transporte que garanticen a la poblacion un facil acceso a los organos jurisdiccionales; por lo que siendo asi, la peticion formulada se encuentra perfectamente enmarcada dentro de lo que es la politica institucional de este Poder del Estado, la misma que se encuentra orientada a remover todas aquellas barreras que di cultan el acceso de la poblacion a los organos jurisdiccionales y a la administracion de justicia;

Incorporan el distrito de Cerro MORDAZA a la competencia territorial de los Juzgados Especializados, Mixtos y de Paz Letrado ubicados en el distrito de San MORDAZA de Canete
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 043-2009-CE-PJ MORDAZA, 4 de febrero de 2009

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