Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2009 (26/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

393166

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de marzo de 2009

previsto en el articulo 397º del Codigo Penal, que debe ser objeto de la investigacion penal correspondiente, por lo que debe remitirse MORDAZA de los actuados pertinentes a la Fiscalia Provincial Penal competente para que proceda conforme a sus atribuciones. En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Fiscalia Suprema de Control Interno a fs.195-199, y a tenor de lo previsto en el articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, concordante con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno; SE RESUELVE: Articulo Primero: Declarar FUNDADA la denuncia formulada contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Vocal Suplente de la Sala Mixta Descentralizada Permanente e Itinerante de Chota, MORDAZA MORDAZA y Bambamarca, por la presunta comision del delito de Corrupcion de Funcionarios - Cohecho Pasivo Especi co. Remitase los actuados al Fiscal llamado por ley. Articulo Segundo: REMITASE MORDAZA de los actuados pertinentes a la Fiscalia Provincial Mixta de Chota, a n de que proceda conforme a sus atribuciones respecto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a los hechos de contenido penal anotados en el fundamento setimo de la presente. Articulo Tercero: Hacer de conocimiento de la presente Resolucion a los senores Presidentes del Consejo Nacional de la Magistratura y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Vocal Supremo Jefe de la O cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Superior Jefe de la O cina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la O cina de Registro de Fiscales y a los interesados, para los nes pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 328739-2

Que, estando de acuerdo con el Informe Nº 0242009-RESS del Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa SERVISEGUROS S.R. LTDA. CORREDORES DE SEGUROS, la apertura de una sucursal, ubicada en el Jr. Bracesco Nº 409, del distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de MORDAZA, cuya administracion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bedoya, corredor de seguros persona natural, con Nº de Registro N-3830. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario O cial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 327769-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Crean el Consejo Regional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas en la Region Callao - COREVIDA CALLAO
ORDENANZA REGIONAL N° 007 Callao, 20 de marzo de 2009 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en sesion de 20 de marzo de 2009; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, La Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y sus modi catorias, reconocen a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 2º establece que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; y su articulo 5º establece que su mision es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, los incisos e) y h) del articulo 49º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establecen respectivamente como funcion especi ca en materia de Salud: "Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud" y "Organizar, implementar y mantener los servicios de salud en coordinacion con los Gobiernos Locales". Asimismo, los incisos f) y h) del articulo 60° de la misma ley

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Serviseguros S.R. Ltda. Corredores de Seguros la apertura de sucursal en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1837-2009 MORDAZA, 17 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa SERVISEGUROS S.R. LTDA. CORREDORES DE SEGUROS para que se le autorice la apertura de una sucursal, ubicada en el Jr. Bracesco Nº 409, del distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justi ca la apertura solicitada;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.