TEXTO PAGINA: 69
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de marzo de 2009 393167 establecen las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: “Promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades” y “Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad”; Que, mediante Ley Nº 27629 que modi¿ ca el Decreto Legislativo Nº 824 y el Decreto Supremo Nº 032-2002- PCM, crea y reglamenta la organización de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, organismo público descentralizado, comprendido en el sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como misión principal coordinar, promover, plani¿ car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002-2007 aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2004-PCM; Que, el Perú como Estado ha suscrito la Convención Única de Estupefacientes de 1961, el convenio sobre sustancias Psicotrópicas de 1972, así como la Convención de las Naciones Unidas contra el Trá¿ co Ilícito de Estupefacientes, sustancias Psicotrópicas de 1988. Asimismo, se ha comprometido en implementar el Plan de Acción aprobado en la Sesión Extraordinaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el problema de las Drogas en el mundo (UNGASS 1998), en el cual se aprobó la Declaración Política para reducir la demanda de drogas en el mundo a ¿ n de alcanzar las metas propuestas para el año 2003 y 2008; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional del Callao regula en el artículo 101º como función de la O¿ cina de Trabajo, Desarrollo Social, Población, Igualdad de Oportunidades, Promoción del Empleo, Pequeña y Microempresa, inciso 21: “Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la delincuencia, drogadicción, violencia familiar y sexual”; Que, el incremento del consumo de drogas en nuestro país, lo ha convertido en un problema de salud pública que afecta a los diversos grupos poblacionales, en especial a niños y adolescentes, siendo el consumo un eslabón del narcotrá¿ co que trae como consecuencia la inseguridad ciudadana, distorsión de la economía, inter¿ riendo con el desarrollo integral y sostenible de las diferentes regiones, toda vez que se encuentra estrechamente relacionado a factores sociales, sanitarios y económicos entre otros; Que, ante esta situación el Estado Peruano ha diseñado y aprobado la “Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011”, el cual es el documento de política nacional que orienta las intervenciones en sus tres ejes básicos: Prevención y Tratamiento, Interdicción y Desarrollo Sostenible; Que, el Estudio Nacional: Prevención y Consumo de Drogas en Estudiantes de Secundaria 2005 nos permite conocer algunos indicadores importantes sobre la dimensión del problema a nivel nacional y regional. Los resultados de la encuesta con¿ rman los más altos índices de consumo de drogas legales e ilegales en la Región Callao, comparada con otras regiones, de ahí radica la necesidad urgente de otorgar primacía a la prevención, decisión ya de¿ nida en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011, y en la Región Callao y de otros que se implementen como prioridad multisectorial; Que, mediante Convenio de Cooperación Institucional entre la Comisión para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA – y el Gobierno Regional del Callao, suscrito el 15 de agosto de 2007 con vigencia inde¿ nida, se comprometieron a aunar esfuerzos institucionales para el diseño de programas de atención y prevención del consumo de drogas, los cuales serán ejecutados por el Gobierno Regional del Callao con la ¿ nalidad de reducir el consumo de drogas lícitas e ilícitas en su circunscripción, contando para ello con la asesoría técnica de DEVIDA; Que, mediante informe Nº 082-2009/GRC/GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social recomienda aprobar la creación y conformación del Consejo Regional para el Desarrollo y Vida sin Drogas en la Región Callao – COREVIDA CALLAO, integrado por 18 miembros; Que, el Consejo Regional para el Desarrollo y Vida sin Drogas en la Región Callao – COREVIDA CALLAO, será el ente sistémico que se rige por los principios de identidad, transparencia, participación, concertación, coordinación, representación e institucionalidad democrática y descentralizada en el ámbito regional cuya finalidad es establecer propuestas y normas técnicas y políticas que contribuyan a una cultura de paz y al desarrollo de las personas, familias y comunidades libres de drogas; Que, la Comisión de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao, a través del Dictamen Nº 02-2009- GRSC/CDS de 17 de marzo de 2009, propone al pleno del Consejo Regional la aprobación de la Ordenanza Regional que crea el Consejo Regional para el Desarrollo y Vida sin Drogas en la Región Callao – COREVIDA CALLAO; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi¿ catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO REGIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN LA REGION CALLAO – COREVIDA CALLAO Artículo 1º.- Crear el Consejo Regional para el Desarrollo y Vida sin Drogas en la Región Callao – COREVIDA CALLAO, el mismo que estará conformado por los siguientes miembros: 1 representante del Gobierno Regional del Callao – Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien la preside. 1 representante de la O¿ cina de Trabajo, Desarrollo Social, Población, Igualdad de Oportunidades, Promoción del Empleo, Pequeña y Microempresa del Gobierno Regional del Callao. 1 representante de la Gobernación de la Provincia Constitucional del Callao 1 representante de la Dirección Regional de Salud del Callao 1 representante de la División de la Policía Nacional en el Callao 1 representante del Ministerio Público del Callao 1 representante del Poder Judicial del Callao 1 representante de la Dirección Regional de Educación del Callao 1 representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 1 representante de la Defensoría del Pueblo del Callao 1 representante de la Municipalidad Provincial del Callao 1 representante de cada Municipalidad Distrital del Callao 1 representante de los niños y adolescentes del Callao que recaerá en un Alcalde Escolar. 1 representante de las entidades civiles que desarrollan labores de lucha contra las drogas en el Callao. Los miembros titulares de COREVIDA CALLAO, contarán con sus respectivos alternos, que concurrirán en ausencia del titular. Artículo 2º.- Encargar al Consejo Regional para el Desarrollo y Vida sin Drogas en la Región Callao – COREVIDA CALLAO, la determinación de los representantes de instituciones públicas, privadas y sociedad civil para los ¿ nes pertinentes como miembros agregados. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la coordinación, implementación y seguimiento de las acciones desarrolladas por COREVIDA en la Región Callao. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 328578-1