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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (06/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de noviembre de 2009 405674 CM, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, condicionando la efi cacia del derecho administrativo otorgado al resultado de los procesos judiciales correspondientes, de acuerdo a lo establecido por el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 153-2002-PRODUCE/DNEPP para operar la embarcación pesquera de madera MALVI II, de matricula CO-20284- CM. Artículo 4º.- Incorporar al señor VICTOR ARNALDO LÓPEZ TUME, como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera MALVI II, de matrícula CO-20284-CM, así como la presente Resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085- 2007-PRODUCE, excluyendo a GLADYS TUME VITE y PALMIRO LÓPEZ ABARCA. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 417802-11 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 836-2009-PRODUCE/DGEPP 22 de octubre del 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00071860-2009 de fecha 11 de setiembre del 2009, presentado por el señor JOSÉ SANTOS FIESTAS FARRO. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de setiembre del 2002, establecen respectivamente que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano directo, y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que, mediante Resolución Directoral Nº 074-2000- PRE/P de fecha 15 de diciembre del 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero JOSÉ SANTOS FIESTAS CHAPILLIQUEN, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada MARIA RICARDINA 2, de matrícula PL-19017-CM, y 35.23 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, con uso de cajas con hielo como medio de preservación, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgadas (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, a la fecha se consigna en la Página Web del Ministerio de la Producción a la embarcación MARIA RICARDINA 2, de matrícula PL-19017-CM, y 35.23 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, a nombre del armador José Santos Fiestas Chapilliquen; Que, a través del escrito del visto, el señor JOSÉ SANTOS FIESTAS FARRO y su cónyuge FRANCISCA PANTA PUESCAS, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 074- 2000-PRE/P, para operar la embarcación pesquera MARIA RICARDINA 2 de matrícula PL-19017-CM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que los administrados poseen el dominio sobre la embarcación pesquera de madera MARIA RICARDINA 2, de matrícula PL-19017- CM, según consta en el Certifi cado Compendioso de Dominio Nº 2009/70416 emitido por la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y habiendo cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, consideramos procedente otorgar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nros. 1041-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y 914-2009-PRODUCE/ DGEPP, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias; el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JOSÉ SANTOS FIESTAS FARRO, y su cónyuge FRANCISCA PANTA PUESCAS, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 074-2000- PRE/P, para operar la embarcación pesquera de madera denominada MARIA RICARDINA 2, de matrícula PL- 19017-CM, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº