Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2009 (06/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 136-2001-TR de fecha 27 de MORDAZA de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 419124-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a la Escuela de Conductores Integrales Asociacion Renacer International para la variacion de domicilio de oficinas administrativas y de aulas de ensenanza en MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 2592-2009-MTC/15 MORDAZA, 4 de agosto de 2009 VISTOS: Los Expedientes Nº 2009-0011204 y Nº 20090013925 de fechas 5 de junio y 17 de MORDAZA del ano en curso, respectivamente, presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION RENACER INTERNATIONAL solicitando autorizacion para la variacion del domicilio de sus oficinas administrativas y aulas de ensenanza en la MORDAZA de Cajamarca; y CONSIDERANDO: Que, con fecha 17.04.09 se emitio la Resolucion Directoral Nº 1579-2009-MTC/15 mediante la que se autorizo a la Escuela de Conductores Integrales ASOCIACION RENACER INTERNATIONAL la ampliacion de su sede principal a la MORDAZA de Cajamarca; Que, la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION RENACER INTERNATIONAL presenta los expedientes mencionados en vistos, solicitando se autorice la variacion del domicilio de sus oficinas administrativas y aulas de ensenanza de la MORDAZA de MORDAZA, ubicada inicialmente en Jr. Prolongacion Chepen Nº 1272, Urbanizacion Las Perlitas ­ MORDAZA, a un MORDAZA local en la MORDAZA Las Camelias Nº 141, Urb. El Jardin ­ MORDAZA, a fin de brindar mayor comodidad y seguridad a sus alumnos; Que, para dicho efecto la escuela recurrente cumple con presentar el Contrato de Arrendamiento, asi como la Memoria Descriptiva debidamente autorizada por Ingeniero Civil, con MORDAZA de los planos de distribucion y ubicacion correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los literales f) y h) del articulo 51º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por el Dec. Sup. Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, el articulo 43º del Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de conductores; senalandose en el numeral 43.3 las condiciones especificas en cuanto a su Infraestructura debiendo contar con un local adecuado para el dictado de las clases teoricas en funcion al MORDAZA de curso a impartir y a la cantidad de postulantes que reciban la instruccion; una MORDAZA de recepcion e informacion independiente del area de ensenanza; un ambiente destinado al despacho del Director y personal administrativo; un ambiente privado para realizar entrevistas, examenes medicos, psicosensometricos y otros afines que resulten necesarios, y servicios higienicos conforme a lo dispuesto por la normativa sectorial correspondiente; verificandose que el local ofertado cuenta con las areas minimas MORDAZA descritas;

Que, el articulo 60º del Reglamento establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º del Reglamento; Que, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 766-2009-MTC/15.03 de fecha 03 de agosto ultimo, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION RENACER INTERNATIONAL en vista que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 del articulo 43º del Reglamento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION RENACER INTERNATIONAL autorizacion para la variacion del domicilio de sus oficinas administrativas y aulas de ensenanza de su sede en la MORDAZA de MORDAZA, a su MORDAZA domicilio ubicado en la MORDAZA Las Camelias Nº 141, Urb. El Jardin ­ Cajamarca. Articulo Segundo.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALESASOCIACION RENACER INTERNATIONAL los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 392453-1

VIVIENDA
Modificacion del Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA que establece un procedimiento especial para procesos de contrataciones y adquisiciones para la ejecucion de proyectos de saneamiento
DECRETO SUPREMO N° 018-2009-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (MVCS), corresponde al Ministerio normar la politica nacional en materia de saneamiento, asi como formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la politica nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y demas medidas que correspondan;

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