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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de noviembre de 2009 405676 Designan representantes del sector privado y nacional e integrantes peruanos del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú - Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1502/RE Lima, 3 de noviembre de 2009 Vista, la Resolución Suprema Nº 170-2004-RE, de 25 de mayo de 2004, que establece la conformación peruana del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, del Directorio del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador y del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador; CONSIDERANDO: Que, la designación de los miembros peruanos del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, del Directorio del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador y del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador, se realizará a través de Resolución Ministerial del sector Relaciones Exteriores; Que, es necesario integrar el Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada, otorgando una adecuada participación a los representantes del sector productivo de la región fronteriza y nacional; Que, ha presentado su renuncia al cargo el señor Jaime Cáceres Sayán, representante del sector privado nacional; Que, se ha recibido la propuesta de los Presidentes del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada y de la Cámara de Comercio e Integración Peruano- Ecuatoriana para que se designe como integrantes del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador a los señores Juan Carlos Cuglievan Balarezo y José Alejandro González García; Teniendo en cuenta el Facsímil del Plan Binancional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriano Nº BIN067/2009, de 27 de octubre de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el artículo 3° del Decreto Supremo N° 170-2004-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como representantes del sector privado y nacional e integrantes peruanos del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador, a las siguientes personas: • Señor Juan Carlos Cuglievan Balarezo. • Señor José Alejandro González García. Artículo 2º.- Dar por concluido el encargo conferido al señor Arturo Moretti Ricardi y aceptar la renuncia presentada por el señor Jaime Cáceres Sayán, agradeciéndoles por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 418724-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban nuevo Texto Oficial de la “Síntesis de la Legislación Laboral” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2009-TR Lima, 5 de noviembre de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nº 173-2009-MTPE/13 de fecha 22 de mayo de 2009 y Nº 098-2009-MTPE/13.1 de fecha 06 de octubre de 2009; los Informes Nº 692-2009- MTPE/9.110 de fecha 18 de setiembre de 2009 y Nº 772- 2009-MTPE/9.110 de fecha 15 de octubre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ejerce dentro de sus competencias exclusivas la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: sociolaborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusión de normatividad, información laboral e información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral; Que, mediante la Ley Nº 28806 se ha promulgado la Ley General de Inspección del Trabajo, y en cumplimiento de su Décima Disposición Final y Transitoria se ha expedido su Reglamento a través del Decreto Supremo Nº 019-2006-TR, publicado el 29 de octubre de 2006; Que, la referida normativa tiene por objeto regular el Sistema de Inspección del Trabajo, su composición, estructura orgánica, facultades y competencias, de conformidad con el Convenio Nº 81 de la Organización Internacional del Trabajo, el mismo que tiene entre sus funciones la de orientación y asistencia técnica, lo cual se plasma a través de informar y orientar a empresas y trabajadores a fi n de promover el cumplimiento de las normas; Que, la “Síntesis de la Legislación Laboral” – 2001 no recoge las modifi caciones que se han producido en la legislación laboral en los últimos años, en consecuencia resulta conveniente dotar a los inspectores, al personal de asesoría y defensa del trabajador y al público en general de un instrumento actualizado de información de las obligaciones y derechos que generan la relación laboral en el campo del derecho individual de trabajo; Que, mediante Ofi cio Nº 098-2009-MTPE/13, la Directora del Programa de Difusión de la Legislación Laboral – PRODLAB remite al Despacho del Vice Ministro de Trabajo el proyecto del documento denominado “Síntesis de la Legislación Laboral”, elaborado por dicho programa, el cual tiene como objetivo la orientación y la difusión de la normativa laboral y la prevención de los confl ictos laborales; Que, en ese contexto, es necesario ofi cializar la edición denominada “Síntesis de la Legislación Laboral”; Con las visaciones de la Vice Ministra de Trabajo y de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y, el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el nuevo Texto Ofi cial de la “SINTESIS DE LA LEGISLACION LABORAL”. Artículo 2º.- La “SÍNTESIS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL” deberá actualizarse periódicamente, precisándose que su contenido sólo tiene carácter informativo y orientador, no excluyéndose en consecuencia la supervisión por parte de los inspectores de trabajo de las obligaciones laborales que no se encuentran expresamente consignadas en el referido Texto Ofi cial. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial y el Texto Ofi cial de la “SINTESIS DE LA LEGISLACION LABORAL” deberán ser publicados en el Portal Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www. mintra.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística e Informática.