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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405780 del Proyecto de la Universidad Latinoamericana CIMA, interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Nº 007-2009-CONAFU; Que, por Resolución Nº 166-2009-CONAFU de fecha 07 de abril de 2009, se resuelve declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 007- 2009-CONAFU de fecha 14 de enero del 2009 presentado el señor Luis Eduardo Zavala Yupanqui, en calidad de Responsable del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, revocando la Resolución N° 007-2009-CONAFU, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 491-2008-CONAFU; en consecuencia, téngase por levantadas las observaciones formuladas mediante Resolución Nº 404-2008-CONAFU y admítase a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, presentado por los señores Florentino Leonidas Limache Luque y Carmen Figueroa Cohaila, en nombre de la Asociación Educativa “Ciencia y Medio Ambiente”, Promotora del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería de Sistemas e Informática, 2) Ingeniería Ambiental, 3) Odontología y 4) Contabilidad y Finanzas; Que, en el artículo 32º inciso a) del Reglamento, se establece que: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora”; Que, en el artículo 34º del Reglamento se establece que: “El Pleno del CONAFU se pronunciará, en el término de quince (15) días calendario a partir de la recepción del Informe Final de la Comisión de Evaluación y Consolidación, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobación o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podrá adoptar cualquiera de las recomendaciones señaladas en el artículo 32º”; Que, por escrito recibido con fecha 21 de febrero de 2009, el licenciado Juan Anicama Córdova, Secretario de la Comisión Califi cadora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, presenta el Informe Final realizado por la referida Comisión, manifestando que la Universidad Latinoamericana CIMA de Tacna ha cumplido con absolver debidamente documentadas la totalidad de las observaciones planteadas por la Comisión de acuerdo con el artículo 77º del capítulo III de la Evaluación Institucional, según la Resolución Nº 100-2005-CONAFU, obteniendo el siguiente resultado según las Tablas de Evaluación tanto del Proyecto en General como para las Carreras Profesionales que ha de brindar la mencionada Universidad: PDI ha obtenido 205.50 puntos que hace un 85.63 % del 100%; Carrera Profesional de Ingeniería de Sistemas ha obtenido 79.50 puntos que hace un 88.33% del 100%; Carrera Profesional de Ingeniería Ambiental ha obtenido 82.00 puntos que hace un 91.11 % del 100%; Carrera Profesional de Contabilidad y Finanzas ha obtenido 82.50 puntos que hace un 91.66 % del 100%; Carrera Profesional de Odontología ha obtenido 81.50 puntos que hace un 90.55 % del 100%. Por lo que la Comisión Califi cadora se pronuncia al respecto indicando que el califi cativo del PDI del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA es satisfactorio, recomendando al Pleno del CONAFU que debería ser aprobado con las Carreras Profesionales de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Ambiental, Contabilidad y Finanzas y Odontología; Que, por Ofi cio Nº 881-2009-CONAFU-CDAA de fecha 24 de setiembre de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, eleva el Informe Final de dicha califi cación y visto el referido informe de la Comisión Califi cadora, designada mediante Resolución Nº 192-2009-CONAFU, la misma que manifi esta que, los porcentajes obtenidos en la califi cación en relación con los porcentajes que se manejan en las Tablas correspondientes arrojan un resultado APROBATORIO tanto para el Proyecto General como para las Carreras Profesionales de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Ambiental Contabilidad y Finanzas, y Odontología. Por lo que el Consejero de Asuntos Académicos indica que después de haber evaluado el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Latinoamericana - CIMA de Tacna y al haber obtenido un resultado SATISFACTORIO al califi carse las tablas de evaluación correspondientes, recomienda que el Pleno del CONAFU proceda de acuerdo a las normas establecidas, por lo que se debería aprobar el PDI del Proyecto Universidad Latinoamericana CIMA de la ciudad de Tacna, por haber superado los estándares mínimos que permiten garantizar su pleno desarrollo, niveles aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas; Que, en sesión de fecha 13 de octubre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 439-2009-CONAFU acuerdan por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, presentado por los señores Florentino Leonidas Limache Luque y Carmen Figueroa Cohaila, en nombre de la Asociación Educativa “Ciencia y Medio Ambiente”, Promotora del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería de Sistemas e Informática, 2) Ingeniería Ambiental, 3) Odontología y 4) Contabilidad y Finanzas; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, presentado por los señores Florentino Leonidas Limache Luque y Carmen Figueroa Cohaila, en nombre de la Asociación Educativa “Ciencia y Medio Ambiente”, Promotora del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería de Sistemas e Informática, 2) Ingeniería Ambiental, 3) Odontología y 4) Contabilidad y Finanzas. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Promotora del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, que para la continuación de su evaluación del Proyecto Universitario se aplicará el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo la Competencia del CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009 y toda la normatividad vigente del CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Universidad Latinoamericana CIMA, el cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento de Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009; bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la presente resolución, en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar trámite a los actos administrativos que permitan la ejecución de la presente Resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 418676-1 Admiten a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada SISE RESOLUCIÓN Nº 539-2009-CONAFU Lima, 28 de octubre de 2009 VISTOS: La Carta N° 001 UPS recibida con fecha 21 de julio de 2009, el Ofi cio Nº 1249-2009-CONAFU-P de fecha 04 de agosto de 2009, la Carta N° 003-UPS-2009