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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de noviembre de 2009 405783 de la Administración de Riesgos en el Sistema Financiero Peruano, tiene como principal objetivo mejorar las condiciones de acceso al crédito para las empresas y los hogares del Perú, así como modernizar las tecnologías de medición y evaluación de riesgos en el Sistema Financiero Peruano, para lo cual se vienen realizando las actividades necesarias para lograr la implementación de una Nueva Central de Riesgos por Operaciones; Que en el marco del citado Programa y Convenio, tiene un rol importante la armonización de las normas contables emitidas por la SBS con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), con el fi n de que las diferentes entidades supervisadas apliquen metodológicamente registros contables uniformes, que permitan al ente supervisor comparar y evaluar la información detallada de las operaciones de crédito directo e indirecto y de seguros y reaseguros, de aquellas entidades bajo su supervisión, con la adopción de un mismo criterio contable, obteniéndose de esta manera un marco regulatorio consistente, que permita que la información que vaya siendo incorporada en la Central de Riesgos por Operaciones (CRO), sea tratada bajo los mismos parámetros contables y reglas administrativas; Que, para tal efecto la SBS ha solicitado a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México y la Comisión General de Seguros y Fianzas de México, en consideración al avance alcanzado y experiencia sobre la materia, su apoyo para la realización de una Pasantía con la fi nalidad de conocer la experiencia de las citadas entidades en el proceso de convergencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el marco legal de las normas contables aplicables por las empresas supervisadas, la preparación de información fi nanciera consolidada en base a las NIIF, el impacto en el capital regulatorio de los efectos patrimoniales por armonización a NIIF, entre otros, habiendo expresado ambas instituciones su conformidad para que un grupo de funcionarios de esta Superintendencia realicen tal actividad; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la señora Elena Cabrejo Pariente, Intendente de Seguros del Departamento de Supervisión de Riesgos de Reaseguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros y a la señorita Wendy Okada Nishikawa, Supervisor de Microfi nanzas, del Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, para que participen en las referidas pasantías, quienes asimismo, forman parte del grupo de trabajo técnico de la Comisión de la SBS encargada del proceso de armonización de la normativa contable de la SBS con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de las citadas funcionarias para participar en las citadas pasantías, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/ME- 10449-PE conforme a lo solicitado mediante Ofi cio SBS Nº 1495-2009 y comunicación de no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 14352-2009, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS-DIR-ADM-085-12; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Elena Cabrejo Pariente, Intendente de Seguros del Departamento de Supervisión de Riesgos de Reaseguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros y la señorita Wendy Okada Nishikawa, Supervisor de Microfi nanzas, del Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 08 al 14 de noviembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/ME-10449-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos y gastos (Pasajes) US$ 447.62 Tarifa CORPAC US$ 62,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 419850-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Suspenden el Registro de Embarcaciones Pesqueras Artesanales para realizar actividad extractiva sobre el recurso anchoveta destinado al consumo humano directo y crean el Programa de Apoyo Alimentario Regional - PAAR ORDENANZA REGIONAL Nº 030 -2009-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que son patrimonio de la Nación: Los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, correspondiéndole al Estado la regulación del manejo integral y la explotación de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Estado señala que las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les corresponde, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y programas socio-económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley;