Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2009 (17/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 2009

SUNAT sino tan solo que el administrado cuente con el Codigo de Usuario y la Clave SOL que le permitan acceder a SUNAT Operaciones en Linea. Segunda.- VIGENCIA La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Unica.- DE LA COMUNICACION DE LOS RESULTADOS DE LAS QUEJAS Y SUGERENCIAS EN TRAMITE Lo dispuesto en el articulo 14º de la Resolucion de Superintendencia Nº 073-2002/SUNAT modificado por la presente Resolucion sera de aplicacion, inclusive, para: a) Comunicar el resultado de las quejas y sugerencias presentadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion. b) Otorgar el plazo para la subsanacion de los requisitos de las quejas y sugerencias presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolucion. c) Comunicar la derivacion, por ser de competencia de una entidad distinta a la SUNAT, de la MORDAZA que el administrado hubiera realizado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Unica.- DEROGACION DEL ARTICULO 8º DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 073-2002/ SUNAT Derogase el articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 073-2002/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional

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ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen fecha limite para la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribucion electrica correspondiente al periodo MORDAZA 2008 junio 2009, a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del VNR de las Instalaciones de Distribucion Electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 168-2009-OS/CD
MORDAZA, 14 de setiembre de 2009 VISTO: El Informe Legal N° 0408-2009-GART, elaborado por la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (OSINERGMIN).

Que, de conformidad con el numeral 5 de la "Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica", aprobada mediante la Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD (en adelante GUIA VNR), las empresas distribuidoras de electricidad deben presentar al OSINERGMIN, el 30 de setiembre de 2009, la informacion de las altas y bajas de los metrados existentes de sus instalaciones de distribucion electrica correspondientes al periodo 01 de MORDAZA de 2008 al 30 de junio de 2009; Que, previamente a la MORDAZA de las altas y bajas del periodo 01 de MORDAZA 2008 al 30 de junio de 2009, se requiere aprobar las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribucion electrica correspondientes al periodo 01 de MORDAZA 2007 al 30 de junio 2008, con el fin de que dicha MORDAZA MORDAZA en cuenta la base de datos de informacion que apruebe OSINERGMIN; Que, asimismo, es necesario considerar que la elaboracion de la informacion del VNR y de las altas y bajas de los metrados existentes por parte de las empresas, requiere de un trabajo significativo para la recopilacion, carga, validacion y documentacion de la informacion, por lo cual resulta razonable postergar el plazo que establece la GUIA VNR para la MORDAZA de dicha informacion, hasta el 30 de noviembre de 2009; Que, de conformidad con el MORDAZA de eficiencia y efectividad previsto en el Articulo 14° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la actuacion del Regulador se guia por la busqueda de eficiencia en la asignacion de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto; en consecuencia, la informacion a procesar que tendra mayor utilidad para OSINERGMIN, sera la que se entregue con posterioridad a la aprobacion de las altas y bajas del periodo 01 de MORDAZA 2007 al 30 de junio 2008, toda vez que la misma tomara en cuenta la base de datos de informacion ya aprobada por el regulador; lo cual determina que de acuerdo al referido MORDAZA de eficiencia y efectividad, sea procedente efectuar la mencionada postergacion; Que, en ese sentido, se ha emitido el Informe N° 04082009-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN, el cual complementa la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, asimismo, en vista de los plazos existentes, se considera procedente la aplicacion de la excepcion del requisito de prepublicacion prevista en el Articulo 25° del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas; en el Decreto Supremo N° 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 0542001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- La fecha limite para la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribucion electrica correspondientes al periodo 01 de MORDAZA de 2008 al 30 de junio de 2009, a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica, sera el 30 de noviembre de 2009. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

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