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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de abril de 2010 416938 Designan Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 248-2010/MINSA Lima, 6 de abril de 2010 Visto el Expediente N° 10-020757-001 que contiene la renuncia del médico cirujano Augusto Wilfredo Díaz Falcón al cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 299-2009/ MINSA del 8 de mayo de 2009, se designó entre otros, al médico cirujano Augusto Wilfredo Díaz Falcón, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, Nivel F-4; Que resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el citado profesional y designar a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el médico cirujano Augusto Wilfredo Díaz Falcón, al cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a la médico cirujano Doris Marcela Lituma Aguirre, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 478098-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la Matriz de Delimitación de Competencias y Asignación de Funciones de los sectores Trabajo y Promoción del Empleo en los tres niveles de gobierno DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública, obteniendo mayores niveles de eficiencia y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, señalando que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, es el ente del Poder Ejecutivo que desarrolla el Proceso de Modernización de la Gestión del Estado, precisándose en los artículos 36º y 37º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM y modificatorias, el desarrollo de tal facultad; Que, en marzo del año 2002 mediante la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, se modificó la estructura del Estado, estableciendo que la Descentralización es una forma de organización democrática y que constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, a cuyo efecto se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Poder Ejecutivo como parte del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 5º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, señala que las transferencias de competencias, recursos y funciones de las entidades del Poder Ejecutivo a los gobiernos regionales y locales se realiza de acuerdo con lo dispuesto por las normas de descentralización, precisando la responsabilidad de cada nivel de gobierno en cada materia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 188-2008- PCM se aprobó la Directiva Nº 003-2008-PCM/SGP, que establece los “Lineamientos para la elaboración de la Matriz de Competencias y Funciones y de los anteproyectos de Ley de Organización y Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas”; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; establece las competencias y funciones exclusivas y compartidas del Ministerio, señalando su rol rector de los sectores Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de la descentralización; Que, es necesario precisar las competencias, funciones y atribuciones compartidas de los sectores Trabajo y Promoción del Empleo, en los tres niveles de gobierno, con la fi nalidad de tener una visión integradora y poder delimitarlas e identifi car las responsabilidades de cada nivel de gobierno, evitando así la duplicidad y superposición de funciones, siendo que el Poder Ejecutivo no debe asumir funciones y atribuciones que son asumidas por los otros niveles de gobierno, conforme al Principio de Subsidiaridad; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 049-2009-PCM se dictan disposiciones para la aprobación de las Matrices de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas, disponiendo en su artículo 1º, que mediante Decreto Supremo, los Ministerios que tiene a su cargo competencias exclusivas y compartidas deberán aprobar, en un plazo que no excederá de sesenta (60) días hábiles posteriores a la aprobación de sus Leyes de Organización y Funciones, sus respectivas matrices de delimitación de competencias y distribución de funciones, tomando en cuenta los avances realizados en la formulación de dichas matrices, sobre la base de los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 003-2008-PCM/SGP aprobada por Resolución Ministerial Nº 188-2008- PCM; Que, asimismo, los artículos 2º y 3º del referido Decreto Supremo, prescriben, entre otros, que son requisitos para la aprobación de las Matrices de Delimitación de Competencias y Distribución