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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (10/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de abril de 2010 416960 de Normalización: a) Pescados, mariscos y productos derivados y b) Cuero, calzado y derivados de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Comités citados, se evaluó la necesidad de reemplazar (03) Normas Técnicas Peruanas caducas por Normas Técnicas Peruanas vigentes; Que, la Comisión acorde a lo informado por los mencionados Comités, confi rmó la necesidad de reemplazar (03) y dejar sin efecto (03) Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 25 de marzo del 2010. RESUELVE REEMPLAZAR las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 204.023:1982 HARINA DE PESCADO. Determinación de la proteína cruda Reemplazada por la NTP 204.050:2002 ALIMENTOS PARA ANIMALES. Determinación del contenido de proteína (cruda). Método de combustión NTP 204.030:1985 HARINA DE PESCADO. Determinación del contenido de humedad Reemplazada por la NTP ISO 6496:2002 ALIMENTOS PARA ANIMALES. Determinación del contenido de humedad y materia volátil NTP 291.053:2004 CUERO. Determinación de la permeabilidad al vapor de agua y del coefi ciente de vapor de agua Reemplazada por la NTP- ISO 20344:2009 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL. Métodos de ensayo de calzado DEJAR SIN EFECTO las siguientes 03 Normas Técnicas Peruanas: NTP 204.023:1982 HARINA DE PESCADO. Determinación de la proteína cruda NTP 204.030:1985 HARINA DE PESCADO. Determinación del contenido de humedad NTP 291.053:2004 CUERO. Determinación de la permeabilidad al vapor de agua y del coefi ciente de vapor de agua Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 478303-1 Aprueban adenda 1 a la Norma Técnica Peruana sobre Cementos Portland RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 04-2010/CNB-INDECOPI Lima, 25 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigentes, establece en su artículo 16º que las Normas Técnicas Peruanas que tengan errores evidentes serán revisadas por el Comité Técnico de Normalización, quien elaborará una Adenda; Que, toda vez que las actividades de elaboración y revisión de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización: Cementos, cales y yesos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización citado, presentó el Proyecto de Adenda a la Norma Técnica Peruana en la fecha indicada: Cementos, cales y yesos, 01 PNTP 334.082/AD 1, el 17 de marzo de 2010 Que, el Proyecto de Adenda a la Norma Técnica Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas; Que, la Comisión acorde a lo informado por el mencionado Comité, confi rmó la necesidad de aprobar la Adenda 1 a la Norma Técnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 25 de marzo de 2010. RESUELVE APROBAR como Adenda 1 a la Norma Técnica Peruana, la siguiente: NTP 334.082/AD 1:2010 CEMENTOS. Cementos Portland. Especifi cación de la performance Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 478303-2