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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de abril de 2010 416964 en el término de quince (15) días calendarios a partir de la recepción del Informe Final de la Comisión de Evaluación y Consolidación, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobación, o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Posgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podrá adoptar cualquiera de las recomendaciones señaladas en el artículo 32º”; Que, por Ofi cio Nº 02-2010-CONAFU-UTEC recibido con fecha 23 de febrero de 2010, el doctor Jorge Arturo Benites Robles, Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ingeniería y Tecnología, remite el Informe Final de Evaluación del referido Proyecto Universitario; Que, por Ofi cio Nº 216-2010-CONAFU-CDAA de fecha 03 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Califi cadora del Proyecto Universidad de Ingeniería y Tecnología, presenta el Informe Final del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI), opinando que el Informe Final de la Comisión Califi cadora del Proyecto Universidad de Ingeniería y Tecnología, sobrepasa el porcentaje mínimo requerido para su aprobación, recomendando que el Pleno del CONAFU apruebe dicho Proyecto con las Carreras Profesionales de: Ingeniería de Procesos Químicos y Metalúrgicos, Ingeniería Mecánica, Ingeniería de Sistemas de Energía, Ingeniería Electrónica y Automatización, e Ingeniería Industrial; Que, en la sesión de fecha 10 de marzo de 2010 el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 084-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ingeniería y Tecnología, presentado por el señor Mario Rivera Orams, en representación de la Asociación Promotora Universitaria de Ingeniería Aplicada, con las siguientes Carreras Profesionales: 1.- Ingeniería de Procesos Químicos y Metalúrgicos, 2.- Ingeniería Mecánica, 3.- Ingeniería de Sistemas de Energía, 4.- Ingeniería Electrónica y Automatización y 5.- Ingeniería Industrial, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º inciso d) y e) de Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ingeniería y Tecnología, presentado por el señor Mario Rivera Orams, en representación de la Asociación Promotora Universitaria de Ingeniería Aplicada, con las siguientes Carreras Profesionales: 1.- Ingeniería de Procesos Químicos y Metalúrgicos, 2.- Ingeniería Mecánica, 3.- Ingeniería de Sistemas de Energía, 4.- Ingeniería Electrónica y Automatización y 5.- Ingeniería Industrial, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad de Ingeniería y Tecnología que para la continuación de su evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el reglamento para la autorización de funcionamiento de universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 37° de la norma antes citada. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 478108-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan organización de diversas maestrías, doctorados y menciones en la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 0268-2010-ANR Lima, 15 de marzo de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 00385-SG-2010 de fecha 4 de febrero de 2010, de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, informe Nº 028-2010-DGDAC de fecha 24 de febrero de 2010, y memorando Nº 209-2010-SE de fecha 03 de marzo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, precisa que la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, teniendo en cuenta los alcances del considerando anterior, el Secretario General de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con ofi cio de vistos, hace llegar las resoluciones rectorales que aprueban la creación y organización de las siguientes Maestrías, Doctorado y Menciones que ofrece la Escuela de Posgrado, adjuntando los respectivos planes de estudios: * Facultad de Ingeniería Electrónica y Eléctrica - Maestría “Dirección Estratégica de las Telecomunicaciones” * Facultad de Ciencias Administrativas - Maestría Profesional en Gestión de Negocios Internacionales, con menciones en Comercio Internacional y en Finanzas Internacionales - Maestría en Gestión Pública * Facultad de Ciencias Económicas - Doctorado en Gestión Económica Global - Mención en Gestión y Políticas Públicas de la Maestría en Economía * Facultad de Ciencias Sociales - Mención de Sociología de las Organizaciones en la Maestría de Sociología - Maestría en Arqueología con menciones en Investigación Arqueológica y en Arqueología de América; Que, con el mismo ofi cio de vistos, mediante Resolución Rectoral Nº 02754-R-09, en los numerales 2º y 3º ratifi ca en vía de regularización, las Resoluciones de Decanato Nº s 0808 y 0809-D-FCCSS-07 que aprueban modifi car el nombre de dos maestrías: * Facultad de Ciencias Sociales - Maestría en Sociología con mención en Sociología de la Educación, por la de “Maestría en Sociología con mención en Educación y Desarrollo” - Maestría en Género, Sexualidad y Políticas Públicas por la de “Maestría en Género y Desarrollo” Que, en el informe de vistos, se precisa que la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San